Incorporaciones y salidas de Congresistas (2018 – 2022)

 

Cámara de Diputados:

 

El diputado Mario Desbordes (RN) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 28 de julio del año 2020 para asumir como Ministro de Defensa, siendo reemplazado por el señor Camilo Morán (RN), en el distrito N°8 de la Región Metropolitana, quien inicia su periodo parlamentario el día 04 de agosto del año 2020.

 

El diputado Jaime Bellolio (UDI) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 28 de julio del año 2020 para asumir como Ministro Secretario General de Gobierno, siendo reemplazado por la señora Nora Cuevas (UDI), en el distrito N°14 de la Región Metropolitana, quien inicia su periodo parlamentario el día 05 de agosto del año 2020.

 

La diputada Marcela Sabat (RN) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 29 de julio del año 2020 para asumir como Senadora por la circunscripción N°7 (Región Metropolitana), siendo reemplazada por el señor Tomás Fuentes (RN), en el distrito N°10 de la Región Metropolitana, quien inicia su periodo parlamentario el día 06 de agosto del año 2020.

 

El diputado Hugo Gutiérrez (PC) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 31 de enero del año 2021, para ser candidato a la Convención Constitucional -por el Distrito N° 2-, siendo reemplazado por el señor Rubén Moraga (PC), en el distrito N°2 de la Región de Tarapacá, quien inicia su periodo parlamentario el día 02 de marzo del año 2021.

 

El diputado Renato Garín (Independiente) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 31 de enero del año 2021, para ser candidato a la Convención Constitucional -por el Distrito N° 14, siendo reemplazado por la señora Marcela Sandoval (RD), en el distrito N°14 de la Región Metropolitana, quien inicia su periodo parlamentario el día 02 de marzo del año 2021.

 

La diputada Loreto Carvajal (PPD) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 03 de marzo del año 2021, para asumir como Senadora por la circunscripción N°10 (Región del Bio-Bio), siendo reemplazada por la señora Patricia Rubio (PPD), en el distrito N°19 de la Región del Bio-Bio, quien inicia su periodo parlamentario el día 09 de marzo del año 2021.

El diputado Patricio Melero (UDI) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 07 de abril del año 2021, para asumir como Ministro del Trabajo y Previsión Social, siendo reemplazado por el señor Cristian Labbé Martínez (UDI, en el distrito N°8 de la Región Metropolitana, quien inicia su periodo parlamentario el día 13 de abril del año 2021.

 

El diputado Issa Kort (UDI) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 13 de junio del año 2021, para asumir como Representante de Chile ante la Organización de Estados Americanos (OEA), siendo reemplazado por el señor Juan Manuel Masferrer (UDI), en el distrito N°15 de la Región del Libertador General Bernardo O’ Higgins, quien inicia su periodo parlamentario el día 17 de junio del año 2021.

 

 

Senado:

  

El senador Andrés Allamand (RN) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 28 de julio del año 2020 para asumir como Ministro de Relaciones Exteriores, siendo reemplazado por la señora Marcela Sabat (RN), en la circunscripción N°7 de la Región Metropolitana, quien inicia su periodo parlamentario el día 04 de agosto del año 2020.

 

El senador Víctor Pérez (UDI) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 28 de julio del año 2020 para asumir como Ministro del Interior y Seguridad Pública, siendo reemplazado por el señor Claudio Alvarado (UDI), en la circunscripción N°10 de la Región del Bio-Bio, quien inicia su periodo parlamentario el día 04 de agosto del año 2020.

 

El senador Felipe Harboe (PPD) finalizó anticipadamente su periodo parlamentario el día 31 de enero del año 2021, para ser candidato a la Convención Constitucional -por el Distrito N° 19-, siendo reemplazado por la señora Loreto Carvajal (PPD), quien inicia su periodo parlamentario el día 03 de marzo del año 2021.

 

 

Sesiones de Congreso Pleno

El Congreso pleno es un tipo de sesión parlamentaria en que se reúnen los representantes de ambas Corporaciones del Congreso Nacional (tanto Senado como Cámara de Diputados), las cuales se efectúan en las ocasiones y para los fines determinados por la Constitución Política de la República. Las sesiones de Congreso Pleno se rigen por el Reglamento del Senado (particularmente el título XIV) en el cual se indica que quien preside dichas sesiones es el presidente o presidenta del Senado.

La Constitución Política de la Republica establece las siguientes sesiones de Congreso Pleno:


1) El inciso tercero del artículo 24 señala que “El 1 de junio de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno”. Cabe señalar que la cuenta pública presidencial se realizaba tradicionalmente el día 21 de mayo de cada año, sin embargo, tras la publicación, el 04 de mayo del año 2017, de la ley N°21.011 (originado en moción parlamentaria), dicha fecha fue modificada al 01 de junio.


2) El artículo 27 establece que “El Congreso Pleno, reunido en sesión pública el día en que deba cesar en su cargo el Presidente en funciones y con los miembros que asistan, tomará conocimiento de la resolución en virtud de la cual el Tribunal Calificador de Elecciones proclama al Presidente electo”, el cual, en dicha sesión debe presentar juramento o promesa de desempeñar fielmente su cargo.


3) El artículo 29 inciso tercero indica que, en la eventualidad de producirse vacancia del cargo de Presidente de la República, faltando menos de dos años para la elección presidencial, “el Presidente será elegido por el Congreso Pleno por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio. La elección por el Congreso será hecha dentro de los diez días siguientes a la fecha de la vacancia y el elegido asumirá su cargo dentro de los treinta días siguientes”.


4) El artículo 55 el cual se referente a la inauguración de la sesión ordinaria.


5) El artículo 56 bis menciona que “Durante el mes de julio de cada año, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados darán cuenta pública al país, en sesión del Congreso Pleno, de las actividades realizadas por las Corporaciones que presiden. El Reglamento de cada Cámara determinará el contenido de dicha cuenta y regulará la forma de cumplir esta obligación”. Lo anterior fue incorporado a la Constitución Política de la Republica mediante la publicación, en julio del año 2015 de la ley N°20.854 (originada en moción parlamentaria).

¿Por qué existen 155 diputados/as?

La Cámara de Diputados está integrada por 155 miembros elegidos democráticamente (en votación directa mediante sufragio), los cuales representan a los 28 distritos electorales, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios (a partir de lo indicado en la ley N°20840 que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo), los cuales duran un periodo de cuatro años en sus puestos de representación (con posibilidad de ser reelectos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos).

¿Por qué existen 50 senadores/as?

El Senado está integrado actualmente por 50 miembros elegidos democráticamente (en votación directa mediante sufragio), los cuales representan a las 16 circunscripciones senatoriales, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios (a partir de lo indicado en la ley N°20840 que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo), los cuales duran un periodo de ocho años en sus puestos de representación (con posibilidad de ser reelectos sucesivamente en el cargo hasta por un período). 

¿Qué es un proyecto de ley?

 

Son propuestas sobre diversas materias de ley destinada a ser discutida en el Congreso Nacional y cuyo propósito es normar las materias que la Constitución le ha encomendado. Si dicha propuesta es realizada por el presidente se denomina mensaje presidencial, mientras que si dicha propuesta es realizada por congresistas (diputadas/os o senadores) se denomina moción parlamentaria.

¿Qué es un Decreto Supremo?

Norma dictada por el Presidente de la República sobre los asuntos o negocios en el ámbito de su competencia, el cual inicia con un mensaje presidencial (mediante proyecto de acuerdo).

¿Qué es una reforma constitucional?

Son propuestas sobre determinadas materias de ley destinada a ser discutida en el Congreso Nacional y cuyo propósito es revisar la carta fundamental y eventualmente modificar apartados de la Constitución Policía de la República, conforme a lo establecido en el artículo 127. Si dicha propuesta es realizada por el presidente se denomina mensaje presidencial, mientras que si dicha propuesta es realizada por congresistas (diputadas/os o senadores) se denomina moción parlamentaria.

 

La actual Constitución Política de la República clasifica las leyes en 4 tipos:

     Artículo 66 inciso 1 de la CPRLeyes interpretativas de la constitución: Son aquellas normas legales que interpretan -precisando o explicando el sentido y alcance de- preceptos constitucionales, las cuales requieren para su aprobación, modificación o derogación 3/5 de los diputados/os y senadores/as en ejercicio. Sin embargo, tras la publicación –en el Diario Oficial- el día 23 de agosto del año 2022, de la ley Nº21.481 el cual modifica los quorum de reforma de la Constitución Política de la Republica, se precisa respecto del inciso primero del articulo 66 indica que “El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado en cada Cámara el voto conforme de las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio”.

    Artículo 66 inciso 2 de la CPR – Leyes orgánicas constitucionales: Son aquellas normas legales que regulan una determinada materia de la Constitución (previamente prevista por la Carta Fundamental), las cuales requieren para su aprobación, modificación o derogación 4/7 los diputados/os y senadores/as en ejercicio. 

     Artículo 66 inciso 3 de la CPR – Leyes de quorum calificado: Son aquellas normas legales (que tratan temas específicos de la Carta Fundamental), las cuales requieren para su aprobación, modificación o derogación la mayoría absoluta los diputados/os y senadores/as en ejercicio (el 50% más 1).

    Artículo 66 inciso 4 de la CPR – Leyes comunes (las demás normas legales): Son aquellas normas legales de regla general, las cuales requieren para su aprobación, modificación o derogación la mayoría de los miembros presentes en cada cámara. 

    Artículo 127 de la Constitución Política de la República (Leyes de reforma constitucional): Son aquellas normas que requiere para su modificación 3/5 congresistas en ejercicio, salvo en los capítulos I, III, VIII, XI, XII y XV de la CPR ya que se requieren 2/3 de los congresistas en ejercicio. Sin embargo, tras la publicación –en el Diario Oficial- el día 23 de agosto del año 2022, de la ley Nº21.481 el cual modifica los quorum de reforma de la Constitución Política de la Republica, se precisa respecto del inciso segundo del artículo 127 indica que: “El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado en cada Cámara el voto conforme de las cuatro séptimas partes (4/7) de los diputados y senadores en ejercicio

     

    Para profundizar más sobre la constitución política chilena, revisa nuestro proyecto: «Dosis mínima para un máximo entendimiento de la constitución»

    La información contenida en los informes es obtenida de las siguientes fuentes:

    La información referente a cada una de las 16 Regiones fue obtenida a partir de la información proporcionada por el CENSO 2017 del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN). A continuación adjuntamos los enlaces:

    –          http://resultados.censo2017.cl/

    –          https://www.bcn.cl/siit/nuestropais/regiones

    La información referente al perfil de cada uno de los congresistas fue obtenida a partir de la información proporcionada por el Servicio Electoral (SERVEL), el Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) y la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN). A continuación adjuntamos los enlaces:

    –          https://historico.servel.cl/

    –          https://tribunalcalificador.cl/resultados-de-elecciones/

    –          https://www.bcn.cl/historiapolitica/resenas_parlamentarias/

    La información referente a asistencia de cada uno de los congresistas fue obtenida a partir de:

    –          En el caso de la Cámara de Diputadas/os, se ubica en el apartado “Trabajo en sala” de la sección “Actividad legislativa” https://www.camara.cl/sala/

    –          En el caso del Senado, se ubica en el apartado “Asistencia” de la sección “Sala de sesiones” https://senado.cl/

    La información referente a mociones parlamentarias (tanto de la Cámara de Diputadas/os como Senado) es obtenida del apartado “Tramite de Proyectos” del sitio web del Senado: https://senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php

    La información referente a votaciones (en general y en particular -por congresista-) es obtenida:

    –          En el caso de la Cámara de Diputadas/os, se ubica en el apartado “votaciones” dispuesto en el ítem “Diputadas(os)” del sitio web:

    https://www.camara.cl/legislacion/sala_sesiones/votaciones.aspx

    –          En el caso de Senado, se ubica en el apartado “Votaciones” dispuesto en el ítem “Sala de sesiones” del sitio web:

    https://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=sesionessala&ac=votacionSala&legiini=462

    La información referente a asesorías externas es obtenida:

    –          En el caso de la Cámara de Diputadas/os, se ubica en el apartado “asesorías externas” dispuesto en el ítem “Transparencia” del sitio web

    https://www.camara.cl/transparencia/asesoriasexternasgral.aspx

    –          En el caso del Senado, se ubica en el apartado “asesorías externas” dispuesto en el ítem “Transparencia” del sitio web: https://www.senado.cl/asesorias-externas