REGLAMENTO DE CUENTAS PUBLICAS DEL CONGRESO NACIONAL

REGLAMENTO DE CUENTAS PUBLICAS DEL CONGRESO NACIONAL

Ad portas de una nueva cuenta pública del Congreso Nacional, la cual de acuerdo con el sitio web senado.cl se celebrará el día miércoles 10 de julio del año 2024, y cuya ceremonia se efectúa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República[1], el cual indica que “Durante el mes de julio de cada año, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados darán cuenta pública al país [2], en sesión del Congreso Pleno, de las actividades realizadas por las Corporaciones que presiden. El Reglamento de cada Cámara determinará el contenido de dicha cuenta y regulará la forma de cumplir esta obligación”; como Observatorio Congreso de la Fundación Presidente Balmaceda, hemos querido dar cuenta respecto de lo que ha sido la generación e implementación del Reglamento de Cuentas Publica del Congreso Nacional.

Para ello, es necesario indicar –a modo de antecedente- que, en agosto del año 2019, se aprobó por parte del Congreso Nacional, el Tercer Plan de Acción de Parlamento Abierto (2019-2020)[3], el cual fue elaborado de forma conjunta y participativa (a través de talleres) entre el Grupo Bicameral de Transparencia[4], el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)[5], y representantes de los sectores público, privado, y diversas organizaciones de la Sociedad Civil y de la academia; el cual tras su redacción fue sometido a una consulta pública online y posteriormente aprobado por las autoridades correspondientes. Dicho plan de acción, está integrado por tres compromisos:

1)  Propuesta de la Implementación de la Oficina de Presupuesto del Congreso Nacional de acuerdo con estándares internacionales.

2) Redacción del Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso y formato y difusión de cuentas públicas parlamentarias individuales.

3) Programa: Visitas del Congreso Nacional a Regiones.

Para efectos de este analisis, solamente nos ocuparemos del compromiso Nº2 titulado “Redacción del Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso y formato y difusión de cuentas públicas parlamentarias individuales” y su actual estado de cumplimiento, señalando a continuación su contenido:

 ¿Cuál es la problemática que el compromiso aborda?
• En 2015 se aprobó el proyecto de reforma constitucional del artículo 56 bis (Boletín 8624-07) que establece que, “durante el mes de julio de cada año, el presidente del Senado y el presidente de la Cámara de Diputados darán cuenta pública al país, en sesión del Congreso Pleno, de las actividades realizadas por las Corporaciones que presiden”. En dicho artículo se añade que “el Reglamento de cada Cámara determinará el contenido de dicha cuenta y regulará la forma de cumplir esta obligación”.
 
• Se han realizado cinco cuentas públicas de ambas Corporaciones y aún no hay reglamento que regule su contenido, por lo que las organizaciones de la sociedad civil han manifestado en los talleres que, al no existir un reglamento, la cuenta pública pasa a ser un autoelogio, convirtiéndose más en un acto de propaganda que de accountability o de rendición de cuentas.
 
• Varios parlamentarios ya realizan sus cuentas públicas, sin embargo, enfrentan el mismo dilema de que es un acto de propaganda y no una rendición de cuentas.
 
• En el proceso de rendición de cuentas del Congreso Nacional no se ha incluido un espacio de participación ciudadana consultiva no vinculante para recoger sus opiniones e inquietudes respecto al contenido de la cuenta pública.
 
¿Cuál es el compromiso?
• El compromiso es redactar la moción del Reglamento de Cuenta Pública del Congreso Nacional y crear un formato de cuenta pública parlamentaria individual y su respectivo plan de difusión. Se creará una herramienta tecnológica que apoye la recolección de datos que ya se publican en los sitios web para facilitar el proceso de la rendición de cuentas.
 
¿Cómo contribuirá a resolver la problemática?
• El Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso determinará el contenido de la información que entregarán los presidentes de ambas Corporaciones, informando a la ciudadanía acerca de la labor realizada de forma objetiva, homologada y tomando en cuenta estándares internacionales de rendición de cuentas y participación ciudadana. Por el otro lado, la creación y difusión de un formato de cuenta pública parlamentaria individual definirá los elementos de su contenido para que sea un ejercicio de rendición de cuentas estandarizado.
 
¿Por qué es relevante a los valores de OGP?
 
Transparencia y rendición de cuentas:
Al publicarse información objetiva la ciudadanía contará con información de calidad sobre el trabajo e información contable del poder legislativo, fortaleciendo la rendición de cuentas y la transparencia de la institución.
 
Participación ciudadana
La creación del reglamento y de los formatos de cuentas públicas individuales serán presentados en un taller a las organizaciones de la sociedad civil para que realicen propuestas de mejora.

Tecnología e Innovación
Los Departamentos de Informática de ambas Corporaciones desarrollarán una herramienta para recoger información sobre las actividades del Congreso Nacional y de los parlamentarios, que actualmente se publican por transparencia activa o proactiva, lo que facilitará reunir información relevante para la cuenta pública.
 
Información adicional
• El compromiso se vincula con el Objetivo de Desarrollo, especialmente con el 16.6 sobre la creación de instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas.
 
No requiere presupuesto adicional porque se realizará por la capacidad instalada de las Corporaciones. Mientras que el taller con sociedad civil se realizará bajo el acuerdo de cooperación con el PNUD.
 
Actividad y producto entregable
 
Hito 1: Primer Borrador del Reglamento
– Identificación de buenas prácticas de cuentas públicas institucionales e individuales de poderes legislativos.
– Redacción primer borrador del Reglamento por el Grupo Bicameral de Transparencia.
– Borrador de formato de cuentas públicas individuales por el Grupo Bicameral de Transparencia.
– Mapeo de la información relevante para la cuenta pública institucional e individual existente en los sitios web.
Plazo: De septiembre del año 2019 a enero del año 2020
 
Hito 2: Taller con sociedad civil (con streaming a regiones)
Realizar un taller con las organizaciones de la sociedad civil, parlamentarios, academia, funcionarios del Congreso Nacional y la BCN, con el objetivo de presentar el borrador del reglamento de cuentas públicas y el formato de cuentas públicas parlamentarias individuales para recoger sus sugerencias y propuestas.
Plazo: De marzo del año 2020 a abril del año 2020
 
Hito 3: Moción del Reglamento de Cuentas Públicas y formato cuentas públicas parlamentarias individuales.
– Redacción final del Reglamento de Cuentas Públicas y del formato de cuentas públicas parlamentarias individuales.
– Ingreso de la Moción del Reglamento
– Difusión del formato de cuenta pública
Plazo: De mayo del año 2020 a noviembre del año 2020

A partir de estos antecedentes, como Observatorio Congreso de la Fundación Balmaceda, daremos cuenta de nuestra participación y seguimiento del compromiso señalado:

1.- Como Organización de la Sociedad Civil, fuimos invitados –por parte de la Sra. Rocío Noriega, asesora del Grupo Bicameral de Transparencia- a participar del hito Nº2 de aquel compromiso de parlamento abierto. El taller en cuestión se efectuó de forma telemática (vía Zoom), el día viernes 30 de octubre del año 2020 a las 10 A.M.[6], con el fin de presentar el borrador del reglamento de cuentas públicas (ver aquí) y el formato de cuentas públicas parlamentarias individuales (ver aquí) que fueron remitidas, vía correo electrónico, el día anterior (es decir jueves 29 de octubre del año 2020), para recoger nuestros comentarios -sugerencias y propuestas-, las cuales fueron proporcionadas aquel mismo día en la reunión.

2.- Trascurrido el tiempo, el día 06 de abril del año 2022, efectuamos una solicitud de información (folio CD001W11967), con el fin de requerir: “el proyecto de reglamento de la Cuenta Pública del Congreso Nacional (aprobado por parte del Grupo Bicameral de Transparencia) y el formato de la cuenta pública parlamentaria individual,[…] de conformidad a lo señalado en el acta del taller de implementación de los compromisos de Parlamento Abierto […] (efectuada el día 20 de enero del año 2022)[7]”.

En respuesta (ver aquí), el día 18 de abril del año 2022, la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados remite un enlace de la plataforma WeTransfer, en la cual fueron remitidos los documentos solicitados (en su versión final), es decir, tanto el reglamento de la Cuenta Pública del Congreso Nacional (ver aquí) como el formato de la cuenta pública parlamentaria individual (ver aquí).

3.- Posteriormente, el día 14 de junio del año 2022, efectuamos una nueva solicitud de información (folio CD001W12029), en torno a este tema, indicando en aquel mensaje lo siguiente:

 “El motivo de la presente solicitud es requerir información sobre la implementación del reglamento de cuentas publicas del Congreso Nacional, vale decir, consultar -en consideración de lo establecido en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República- si la cuenta pública del Congreso Nacional del presente año próxima a realizarse, considerará los contenidos establecidos en el documento Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso aprobado el pasado 11 de agosto del año 2021 por parte del Grupo Bicameral de Transparencia. Junto a lo anterior, también solicitamos los oficios señalados en el acta de sesión del Grupo Bicameral de Transparencia del 11 de agosto del año 2021 […] sobre la implementación del compromiso Nº2 del Tercer Plan de Acción de Parlamento Abierto (2019-2020) referente a la “Redacción del Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso y formato y difusión de cuentas públicas parlamentarias individuales”.

A su vez, quisiéramos saber si la guía para la rendición de cuentas públicas individuales (también aprobada por parte del Grupo Bicameral de Transparencia el pasado 11 de agosto del año 2021) fue finalmente difundida entre los actuales Congresistas, tal como se establece en el acta de la reunión celebrada el pasado 20 de enero del año 2022 –con motivo de efectuar el taller con organizaciones de la sociedad civil asociado al décimo compromiso del quinto plan de acción del gobierno abierto (2020-2022)- en la cual se indicó que: “Respecto al formato de la cuenta pública individual, este será difundido entre los y las parlamentarias para que lo utilicen de manera voluntaria”

Finalmente, solicitamos el registro audiovisual de la reunión celebrada –vía zoom- el pasado 30 de octubre del año 2020 entre representantes del Grupo Bicameral de Transparencia y Organizaciones de la Sociedad Civil el cual tenía como propósito presentar el borrador del Reglamento de Cuenta Pública del Congreso Nacional y el borrador de la guía para la Rendición de Cuentas Públicas Individuales.

En respuesta (ver aquí), el día 18 de julio del año 2022[8], la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados remite un enlace de la plataforma WeTransfer, en la cual son enviados adjuntos un documento Word y dos documentos PDF (correspondiente a los oficios GBT Nº1/2021 y GBT ISP2/2021, requeridos en el párrafo uno de la solicitud respectiva). En particular, respecto al documento Word (ver aquí), este da cuenta de la respuesta a cada uno de los párrafos de la solicitud:

a.- En cuanto al párrafo Nº1 (sobre el reglamento de cuentas publicas del Congreso Nacional) , se menciona que “Con fecha 4 de enero 2022 se envió oficio[9] a las Mesas de Senado y la Cámara recomendando la presentación de una moción que integrara la información propuesta de contenidos mínimos de las cuentas públicas anuales institucionales del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados, pero no se ha presentado la moción, sin embargo, algunos de los contenidos serán incluidos en la Cuenta Pública 2022”.

b.- Sobre el párrafo Nº2 (sobre la guía para la rendición de cuentas públicas individuales), se indica que: “Se enviará oficio y Guía para realizar cuentas públicas individuales a todos los comités de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado en diciembre 2022 para asistir a los y las congresistas que voluntariamente realicen su rendición de cuentas anuales”.

c.- Por último, respecto de la reunión celebrada –vía zoom- el pasado 30 de octubre del año 2020 entre representantes del Grupo Bicameral de Transparencia y Organizaciones de la Sociedad Civil, en el marco del hito Nº2 del Compromiso Nº2 del Tercer Plan de Acción de Parlamento Abierto (2019-2020), se nos informó que NO se realizó registro audiovisual de dicha sesión.

4.- Al año siguiente, el día 13 de junio del año 2023, efectuamos una nueva solicitud de información (folio CD001W12551), en torno a este tema, indicando en aquel mensaje lo siguiente:

“El motivo de la presente solicitud es requerir información sobre la implementación del reglamento de cuentas publicas del Congreso Nacional (surgido a partir del compromiso Nº2 del tercer plan de parlamento abierto 2019-2020), la cual ya ha sido aprobada por parte del Grupo Bicameral de Transparencia, en las sesiones celebradas el pasado 23 de junio y 11 de agosto del año 2021. Sobre ello, quisiéramos consultar –considerando lo establecido en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República- si la cuenta pública del Congreso Nacional a efectuarse en julio del presente año 2023, considerará los contenidos establecidos en el Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso. A su vez, quisiéramos saber si finalmente, se presentó la moción parlamentaria “que integrara la información propuesta de contenidos mínimos de las cuentas públicas anuales institucionales del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados”, tal como recomienda el Oficio GBT Nº2/2021 remitido el pasado 04 de enero del año 2022, obtenido en respuesta a la solicitud de información CD001W12029.

Por último, quisiéramos saber si finalmente en diciembre del año 2022 se envió el oficio y la guía para realizar cuentas públicas individuales a todos los comités de la Cámara de Diputadas y Diputados, para asistir a los y las congresistas que voluntariamente realicen su rendición de cuentas anuales, tal como fue mencionado que se efectuaría, en la respuesta a la solicitud de información CD001W12029”.

En respuesta (ver aquí), el día 26 de julio del año 2023[10], la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados remite un documento en formato PDF, que proporciona la contestación efectuada por parte del Grupo Bicameral de Transparencia a nuestros requerimientos. En dicho documento nos indicó siguiente:

“No se ha ingresado todavía una moción de Reglamento de Cuenta Pública, según expresa el artículo constitucional 56 bis, basado en la propuesta del Grupo Bicameral de Transparencia sobre el contenido mínimo de las cuentas públicas anuales institucionales del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados. Por tal razón no se consideró en la Cuenta Pública rendida por el Congreso Nacional el día 4 de julio de 2023, recién pasado. Sin embargo, la publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional, Balance Legislativo: Congreso Nacional de Chile 2022-23. Legislatura 370[11], integra estadísticas de la labor legislativa en Sala, labor legislativa en comisiones y un resumen de los proyectos aprobados […] Además, se encuentra disponible el documento Cuenta Pública 2022-2023 de la Cámara de Diputadas y Diputados[12].

Finalmente, se envió oficio a los comités con la Guía para realizar cuentas públicas individuales.

5.- Por último, el día 31 de mayo del año 2024, efectuamos una nueva solicitud de información (folio CD001W12952), requiriendo “información sobre la implementación del reglamento de cuentas publicas del Congreso Nacional (surgido a partir del compromiso Nº2 del tercer plan de parlamento abierto 2019-2020), la cual ya ha sido aprobada por parte del Grupo Bicameral de Transparencia, en las sesiones celebradas el pasado 23 de junio y 11 de agosto del año 2021. Sobre ello, quisiéramos consultar –considerando lo establecido en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República- si fue ingresada la moción parlamentaria de Reglamento de Cuenta Pública, mencionada en la respuesta a la solicitud de información folio CD001W12551 y recomendada en el Oficio GBT ISP2/2021 (recepcionada tras la respuesta a la solicitud de información CD001W12029).

Ad portas de la Cuenta Pública del Congreso Nacional del año 2024, y tras una prorroga a la respuesta a la solicitud de información[13], el día 09 de julio del año 2024, la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados nos remite una respuesta (ver aquí) –contenida en un documento en formato PDF– indicando que Hasta la fecha, no se ha ingresado una moción parlamentaria de Reglamento de Cuenta Pública, según lo establecido en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República”.

Como conclusión:

Respecto a este tema, si bien es posible destacar la existencia de un borrador del Reglamento de Cuenta Pública del Congreso Nacional y de un borrador guía para la Rendición de Cuentas Públicas Individuales (este último ya remitido a los comités parlamentarios –tanto del Senado como de la Cámara de Diputados- para su difusión y uso voluntario entre sus miembros), lamentamos que hasta la última respuesta formal proporcionada por parte de la Oficina de Informaciones de la cámara baja sobre este tema (recepcionada el pasado 26 de julio del año 2023), no se ha ingresado todavía una moción respecto del Reglamento de Cuenta Pública del Congreso Nacional, lo cual es preocuparte, considerando que se han realizado ya nueve cuentas públicas del Poder Legislativo (entre los años 2015 y 2023) y aún no exista reglamento que regule normativamente su contenido, lo cual ocasiona lo ya advertido en palabras del propio compromiso Nº2 del tercer plan de acción de Parlamento Abierto: “Al no existir un reglamento, la cuenta pública pasa a ser un autoelogio, convirtiéndose más en un acto de propaganda que de accountability o de rendición de cuentas”.


[1] Lo anterior fue incorporado a la Constitución Política de la República mediante la publicación en el Diario Oficial, en julio del año 2015, de la ley N°20.854, tras la correspondiente tramitación legislativa de la iniciativa de reforma constitucional originada en moción parlamentaria (boletín 8624-07) de los senadores Hernán Larraín Fernández (UDI), Andrés Zaldívar (DC), Camilo Escalona (PS) y Jovino Novoa (UDI).

[2] Para más información: https://observatoriocongreso.cl/cuenta-publica/

[3] https://www.ogp.gob.cl/wp-content/uploads/2020/09/3er-Plan-Parlamento-Chile.pdf

[4] De acuerdo con la respuesta a la solicitud de información filio SOL0013421 de octubre del año 2020 (proporcionada por la Fiscalía del Senado) el Grupo Bicameral de Transparencia surge en el año 2012 “en un momento y respecto de una necesidad específica; compuesto por miembros de ambas Cámaras, y orientado a un trabajo de investigación, colaboración y participación en materia de transparencia”. Dicha agrupación –vigente hasta el día de hoy- posee su sede funcional en la Cámara de Diputados. 

[5] https://www.undp.org/es/chile 

[6] Lo cual representa un retraso de la fecha inicialmente establecida, correspondiente a marzo/abril del año 2020.

[7] Dicho taller señalado previamente fue el primero realizado en el marco de la implementación de los compromisos Nº9 y Nº10 del Quinto Plan de Acción de gobierno abierto. Respecto a este tema en particular, el acta de dicho taller estableció lo siguiente: “Rendición de cuentas. – El Grupo Bicameral de Transparencia aprobó el proyecto de reglamento con la información que debe incluir la Cuenta Pública institucional. Respecto al formato de la cuenta pública individual, éste será difundido entre los y las parlamentarias para que lo utilicen de manera voluntaria”.

[8] Dicha respuesta fue entregada tal día, tras efectuar el 14 de julio del año 2022 –por parte de la Cámara de Diputados- una prórroga a la solicitud de información.

[9] Por parte del Grupo Bicameral de Transparencia.

[10] Dicha respuesta fue entregada tal día el día, tras efectuarse el 12 de julio del año 2023 –por parte de la Cámara de Diputados- una prórroga a la solicitud de información.

[11] Disponible en: https://www.bcn.cl/Books/balancelegislativo370/index.html#p=1

[12]Disponible en: https://www.camara.cl/transparencia/doc/informacion/CP_2022-2023.pdf

[13] Remitida el pasado 01 de julio por parte de la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados.

ASISTENCIAS Y AUSENCIAS DE REPRESENTANTES AL CONGRESO PLENO – QUINCUAGÉSIMO QUINTO PERIODO LEGISLATIVO (2018-2022)

ASISTENCIAS Y AUSENCIAS DE REPRESENTANTES AL CONGRESO PLENO – QUINCUAGÉSIMO QUINTO PERIODO LEGISLATIVO (2018-2022)

Ad portas de una nueva cuenta pública del Congreso Nacional, la cual de acuerdo al sitio web senado.cl se celebrará el día miércoles 10 de julio del año 2024, como Observatorio Congreso de la Fundación Presidente Balmaceda, hemos querido poner a disposición un análisis respecto a la asistencia y ausencia de los representantes del Congreso Nacional (tanto Senadores como Diputados), durante el desarrollo del quincuagésimo quinto periodo legislativo (celebrado entre el 11 de marzo del año 2018 y el 10 de marzo del año 2022), para ello, emplearemos como referencia el apartado ya realizado en esta materia disponible en el estudio titulado “Análisis del Trabajo Legislativo del Congreso Nacional en el Quincuagésimo Quinto Periodo Legislativo” (particularmente entre las páginas de la Nº59 a la Nº67), publicado en julio del año 2022 en el sitio web observatoriocongreso.cl[1]. Posteriormente, señalaremos de qué forma fue posible obtener dicha información analizada por medio de la documentación transparentada activamente en los sitios web institucionales de ambas Corporaciones, o en su defecto, por medio del uso de solicitudes de acceso a la información pública.    

1.- ANÁLISIS DE LAS SESIONES DE CONGRESO PLENO (2018-2022):

En extracto del documento señalado previamente menciona lo siguiente:   

Antes de iniciar el análisis, es menester mencionar que el Congreso pleno es un tipo de sesión parlamentaria[2] en que se reúnen los representantes de ambas Corporaciones del Congreso Nacional (tanto Senado como Cámara de Diputados)[3], las cuales se efectúan en las ocasiones y para los fines determinados por la Constitución Política de la República[4] o por acuerdo de las Cámaras[5]. Las sesiones de Congreso Pleno se rigen por el Reglamento del Senado (particularmente el título XIV)[6] en el cual se indica que quien preside dichas sesiones es el presidente o presidenta del Senado.

Ahora bien, se celebrarán las siguientes sesiones del Congreso Pleno determinadas por la Constitución Política de la República

El inciso tercero del artículo 24 señala que “El 1 de junio de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno[7]. Cabe señalar que la cuenta pública presidencial se realizaba el 21 de mayo de cada año, sin embargo, tras la publicación, el 04 de mayo del año 2017, de la ley N°21.011[8] (originado en reforma constitucional), dicha fecha fue modificada al 01 de junio[9].

El artículo 27 establece que “El Congreso Pleno, reunido en sesión pública el día en que deba cesar en su cargo el Presidente en funciones y con los miembros que asistan, tomará conocimiento de la resolución en virtud de la cual el Tribunal Calificador de Elecciones proclama al Presidente electo”, el cual, en dicha sesión debe presentar juramento o promesa de desempeñar fielmente su cargo.

El artículo 29 inciso tercero indica que en la eventualidad de producirse vacancia del cargo de Presidente de la República, faltando menos de dos años para la elección presidencial, “el Presidente será elegido por el Congreso Pleno por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio[10]. La elección por el Congreso será hecha dentro de los diez días siguientes a la fecha de la vacancia y el elegido asumirá su cargo dentro de los treinta días siguientes”.

El artículo 55 el cual se referente a la inauguración de la sesión ordinaria[11]

El artículo 56 bis menciona que “Durante el mes de julio de cada año, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados darán cuenta pública al país[12], en sesión del Congreso Pleno, de las actividades realizadas por las Corporaciones que presiden. El Reglamento de cada Cámara determinará el contenido de dicha cuenta y regulará la forma de cumplir esta obligación”. Lo anterior fue incorporado a la Constitución Política de la República mediante la publicación, en julio del año 2015 de la ley N°20.854[13], la cual surge como iniciativa de reforma constitucional originada en moción parlamentaria (boletín 8624-07[14]) de los senadores Hernán Larraín Fernández (UDI), Andrés Zaldívar (DC), Camilo Escalona (PS) y Jovino Novoa (UDI), presentada en la cámara alta el 10 de octubre de 2012. Cabe agregar que, respecto al Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso Nacional, en la actualidad no existe dicho documento, puesto que “se encuentra en proceso, parcialmente logrado” -de acuerdo a ParlAmericas[15]– el compromiso N°2 del Tercer plan de Parlamento Abierto, referente a este tema.

Finalmente, tras la modificación efectuada al capítulo XV de la Constitución Política de la República para establecer el proceso constitucional en Chile (mediante la publicación en diciembre de 2019 de la ley N°21.200[16]), se menciona en dos ocasiones -de manera explícita- la realización de un Congreso Pleno:

El artículo 139 de la Constitución Política señala que “La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno”. No obstante, dicho apartado no fue empleado puesto que tras los resultados del plebiscito nacional realizado el pasado domingo 25 de octubre de 2020, se impuso la opción “Convención Constitucional” la cual obtuvo un 79.18% (5.673.793 votos) por sobre la opción “Convención Mixta Constitucional” la cual obtuvo un 20.82% (1.492.260 votos)[17] entorno a la pregunta ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?

Por último, el artículo 142 establece que “Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 17 de septiembre de 2005”. Sin embargo, dicha situación tampoco aconteció pues las propuestas constitucionales fueron rechazadas mediante plebiscito nacional.

Ahora bien, el propósito de este análisis particular es realizar una revisión sobre la asistencia tanto de senadores como de diputados a las sesiones del Congreso Pleno efectuadas en el periodo legislativo comprendido entre el 11 de marzo del año 2018 y el 10 de marzo del año 2022, mencionadas a continuación:

11-03-2018: Sesión inicial 

01-06-2018: Cuenta pública presidencial presidida por el señor Sebastián Piñera en calidad de presidente de la República.

17-07-2018: Cuenta pública Congreso Nacional presidida por el señor Carlos Montes (en calidad de presidente del Senado) y la señora Maya Fernández (en calidad de presidenta de la Cámara de Diputados).

01-06-2019: Cuenta pública presidencial presidida por el señor Sebastián Piñera en calidad de presidente de la República.

23-07-2019: Cuenta pública Congreso Nacional presidida por el señor Jaime Quintana (en calidad de presidente del Senado) y el señor Iván Flores (en calidad de presidente de la Cámara de Diputados).

24-07-2020: Cuenta pública Congreso Nacional presidida por la señora Adriana Muñoz (en calidad de presidenta del Senado) y el señor Diego Paulsen (en calidad de presidente de la Cámara de Diputados).

31-07-2020: Cuenta pública presidencial[1] presidida por el señor Sebastián Piñera en calidad de presidente de la República.

01-06-2021: Cuenta pública presidencial presidida por el señor Sebastián Piñera en calidad de presidente de la República.

22-07-2021:  Cuenta pública Congreso Nacional presidida por la señora Yasna Provoste (en calidad de presidenta del Senado) y el señor Diego Paulsen (en calidad de presidente de la Cámara de Diputados).

1.1 Análisis de las sesiones de Congreso Pleno – Senado [19]

Tabla Nº1: Síntesis de la información de las sesiones de Congreso Pleno – Senado:

Congreso PlenoFechaLegislaturaPresentesAusentesTotal
Cambio de mando11-03-201836643043
Cuenta Presidencial01-06-201836637643
Cuenta Congreso17-07-2018366321143
Cuenta Presidencial01-06-201936735843
Cuenta Congreso23-07-201936741243
Cuenta Congreso24-07-202036836743
Cuenta Presidencial31-07-202036838341[20]
Cuenta Presidencial01-06-202136938543
Cuenta Congreso22-07-2021369311243

Fuente: Elaboración propia con datos del senado.cl

A partir de la tabla anterior, es posible afirmar que la sesión en la cual asistieron la mayor cantidad de senadores (del total de ellos, vale decir, los 43 representantes) fue aquella efectuada el día 11 de marzo del año 2018 con motivo del cambio de mando presidencial, en la cual asumió por segunda vez la presidencia de la Republica el señor Sebastián Piñera. En contraste, la sesión, en la cual asistieron la menor cantidad de senadores, fue en la última sesión de Congreso Pleno del Quincuagésimo Quinto Periodo Legislativo, con motivo de la cuenta pública del Congreso Nacional (año 2021). A nivel de representantes se presentará a continuación una tabla que dará cuenta de la asistencia y ausencia de las y los senadores en las 9 sesiones de Congreso Pleno celebradas entre el 11 de marzo del año 2018 y el 10 de marzo del año 2022:

Tabla Nº2: Asistencia y ausencia de los senadores en las sesiones de Congreso Pleno[21]:

NombrePartidoAsistenciaInasistenciaTotal% de asistencia
Carmen Gloria AravenaInd. (RN)909100,00
Loreto CarvajalPPD202100,00
Francisco ChahuánRN909100,00
José DuranaUDI909100,00
Luz EbenspergerUDI909100,00
Álvaro ElizaldePS909100,00
Rodrigo GalileaRN909100,00
Alejandro García-HuidobroUDI909100,00
José García RuminotRN909100,00
Ricardo Lagos WeberPPD909100,00
Carlos MontesPS909100,00
Adriana MuñozPPD909100,00
Víctor PérezUDI606100,00
Jorge PizarroPDC909100,00
Rafael ProhensRN909100,00
Yasna ProvostePDC909100,00
Jaime QuintanaPPD909100,00
Ximena RincónPDC909100,00
David SandovalUDI909100,00
Jorge SoriaPPD909100,00
Carlos BianchiInd.81988,89
Juan Antonio ColomaUDI81988,89
Guido GirardiPPD81988,89
Carolina GoicPDC81988,89
José Miguel InsulzaPS81988,89
Felipe KastEvopoli81988,89
Juan Ignacio LatorreRD81988,89
Ximena ÓrdenesInd. (PPD)81988,89
Manuel José OssandónRN81988,89
Kenneth PughInd. (RN)81988,89
Andrés AllamandRN51683,33
Isabel AllendePS72977,78
Juan CastroInd. (RN)72977,78
Alejandro GuillierInd.72977,78
Francisco HuenchumillaPDC72977,78
Alejandro NavarroInd.72977,78
Pedro ArayaInd. (PPD)63966,67
Juan Pablo LetelierPS63966,67
Iván MoreiraUDI63966,67
Jacqueline Van RysselbergheUDI63966,67
Ena von BaerUDI63966,67
Claudio AlvaradoUDI11250,00
Marcela SabatRN11250,00
Alfonso De UrrestiPS45944,44
Rabindranath QuinterosPS45944,44
Felipe HarboePPD16714,29

Fuente: Elaboración propia con datos del senado.cl

A partir de la tabla anterior, es posible señalar que del total de senadores (incluidos aquellos que cesaron y asumieron dicha responsabilidad en el Quincuagésimo Quinto Periodo Legislativo)[22]: 20 representantes asistieron al total de sesiones de Congreso Pleno facultados para ello, 21 representantes asistieron a más del 50% de las sesiones y menos del total (100%), y finalmente, 5 representantes asistieron al 50% o menos del total de las sesiones del Congreso Pleno, siendo el ex senador Harboe aquel que menos cantidad de asistencia tiene, pues solamente asistió a una sesión de Congreso Pleno.

1.2 Análisis de las sesiones de Congreso Pleno – Cámara de Diputados[23]

Tabla Nº3: Síntesis de la información de las sesiones de Congreso Pleno – Cámara de Diputados:

Congreso PlenoFechaLegislaturaPresentesAusentesTotal
Cambio de mando11/03/20183661550155
Cuenta Presidencial01/06/201836613916155
Cuenta Congreso17/07/201836613421155
Cuenta Presidencial01/06/201936712629155
Cuenta Congreso23/07/201936714015155
Cuenta Congreso24/07/202036811738155
Cuenta Presidencial31/07/202036812725152[24]
Cuenta Presidencial01/06/202136910451155
Cuenta Congreso22/07/202136913322155

Fuente: Elaboración propia con datos obtenidos de solicitudes de información en camara.cl

A partir de la tabla anterior, es posible afirmar que la sesión en la cual asistieron la mayor cantidad de diputados (el total de ellos, vale decir, los 155 representantes) fue aquella efectuada el día 11 de marzo del año 2018 con motivo del cambio de mando presidencial, en la cual asumió por segunda vez, la presidencia de la Republica el señor Sebastián Piñera. En contraste, la sesión en la cual asistieron la menor cantidad de diputados, fue en la penúltima sesión de Congreso Pleno del Quincuagésimo Quinto Periodo Legislativo, con motivo de la cuenta pública presidencial (año 2021). A nivel de representantes se presentará a continuación una tabla que dará cuenta de la asistencia y ausencia de las y los diputados en las 9 sesiones de Congreso Pleno celebradas entre el 11 de marzo del año 2018 y el 10 de marzo del año 2022:

Tabla Nº4: Asistencia y ausencia de los diputados en las sesiones de Congreso Pleno[25]:

NombrePartidoAsistenciaInasistenciaTotal% de asistencia
Florcita AlarcónInd.909100,00
Sebastián ÁlvarezEvopoli909100,00
Jenny ÁlvarezPS909100,00
Gabriel AscencioPDC909100,00
Ramón BarrosUDI909100,00
Jaime BellolioUDI606100,00
Jorge BritoRD909100,00
Miguel Ángel CalistoPDC909100,00
Álvaro CarterInd.909100,00
Juan Luis CastroPS909100,00
Mario DesbordesRN606100,00
Marcelo DíazInd.909100,00
Maya FernándezPS909100,00
Tomás FuentesRN202100,00
Renato GarínInd.707100,00
Félix GonzálezPEV909100,00
Rodrigo GonzálezPPD909100,00
Marcela HernandoPR909100,00
Giorgio JacksonRD909100,00
Harry JürgensenRN909100,00
Issa KortUDI808100,00
Amaro LabraPC909100,00
Pablo LorenziniInd.909100,00
Carolina MarzánPPD909100,00
Patricio MeleroUDI707100,00
Cosme MelladoPR909100,00
Miguel MelladoRN909100,00
Vlado MirosevicPL909100,00
Rubén MoragaPC202100,00
Francesca MuñozRN909100,00
Emilia NuyadoPS909100,00
Andrea ParraPPD909100,00
Leopoldo PérezRN909100,00
Joanna PérezPDC909100,00
Jorge RathgebRN909100,00
Hugo ReyRN909100,00
Camila RojasComunes909100,00
Patricia RubioPPD202100,00
René SaffirioInd.909100,00
Raúl SaldívarPS909100,00
Marcela SandovalRD202100,00
Gustavo SanhuezaUDI909100,00
Marcelo SchillingPS909100,00
Víctor TorresPDC909100,00
Francisco UndurragaEvopoli909100,00
Ignacio UrrutiaPREP909100,00
Esteban VelásquezFRVS909100,00
Daniel VerdessiPDC909100,00
Pablo VidalInd.909100,00
Matías WalkerPDC909100,00
Jorge AlessandriUDI81988,89
Pepe AuthInd.81988,89
Bernardo BergerRN81988,89
Alejandro BernalesPL81988,89
Gabriel BoricCS81988,89
Natalia CastilloInd.81988,89
Daniella CicardiniPS81988,89
Sofía CidRN81988,89
Miguel CrispiRD81988,89
Jorge DuránRN81988,89
Juan FuenzalidaUDI81988,89
Ramón GalleguillosRN81988,89
Cristina GirardiPPD81988,89
Tomás HirschInd.81988,89
Marcos IlabacaPS81988,89
Carlos JarpaInd.81988,89
Tucapel JiménezPPD81988,89
Pablo KastEvopoli81988,89
Sebastián KeitelEvopoli81988,89
Raúl LeivaPS81988,89
Andrés LongtonRN81988,89
Karin LuckRN81988,89
Javier MacayaUDI81988,89
Manuel MonsalvePS81988,89
Jaime MuletFRVS81988,89
Iván NorambuenaUDI81988,89
Erika OliveraInd.81988,89
José Miguel OrtizPDC81988,89
Ximena OssandónRN81988,89
Luis PardoRN81988,89
José PérezPR81988,89
Pablo PrietoInd.81988,89
Guillermo RamírezUDI81988,89
Luis RocafullPS81988,89
Gastón SaavedraPS81988,89
Jorge SabagPDC81988,89
Juan SantanaPS81988,89
Frank SauerbaumRN81988,89
Gabriel SilberPDC81988,89
Leonardo SotoPS81988,89
Raúl SotoInd.81988,89
Sebastián TorrealbaRN81988,89
Renzo TrisottiUDI81988,89
Camila VallejoPC81988,89
Loreto CarvajalPPD61785,71
René AlincoInd.72977,78
Nino BaltoluUDI72977,78
Boris BarreraPC72977,78
Karol CariolaPC72977,78
José Miguel CastroRN72977,78
Ricardo CelisPPD72977,78
Andrés CelisRN72977,78
Juan Antonio ColomaUDI72977,78
Luciano Cruz-CokeEvopoli72977,78
Catalina Del RealRN72977,78
Eduardo DuránRN72977,78
Iván FloresPDC72977,78
Camila FloresRN72977,78
René Manuel GarcíaRN72977,78
María José HoffmannUDI72977,78
Pamela JilesPH72977,78
Carlos KuschelRN72977,78
Fernando MezaInd.72977,78
Claudia MixComunes72977,78
Andrés MolinaEvopoli72977,78
Celso MoralesUDI72977,78
Cristhian MoreiraUDI72977,78
Jaime NaranjoPS72977,78
Nicolás NomanUDI72977,78
Paulina NúñezRN72977,78
Diego PaulsenRN72977,78
Catalina PérezRD72977,78
Rolando RenteríaUDI72977,78
Patricio RosasInd.72977,78
Marisela SantibáñezPC72977,78
Diego SchalperRN72977,78
Alejandra SepúlvedaFRVS72977,78
Alexis SepúlvedaPR72977,78
Virginia TroncosoInd.72977,78
Osvaldo UrrutiaUDI72977,78
Cristóbal UrruticoecheaRN72977,78
Enrique Van RysselbergheUDI72977,78
Mario VenegasPDC72977,78
Gastón Von MühlenbrockUDI72977,78
Gonzalo WinterCS72977,78
Karim BianchiInd.63966,67
Sergio BobadillaUDI63966,67
Francisco EguigurenRN63966,67
Sergio GahonaUDI63966,67
Diego IbáñezCS63966,67
Aracely LeuquénRN63966,67
Leónidas RomeroRN63966,67
Alejandro SantanaRN63966,67
Guillermo TeillierPC63966,67
Gael YeomansCS63966,67
Marcela SabatRN43757,14
Pedro Pablo Álvarez-SalamancaUDI54955,56
Sandra AmarInd.54955,56
Fidel EspinozaPS54955,56
Gonzalo FuenzalidaRN54955,56
Javier HernándezUDI54955,56
Carmen HertzPC54955,56
Manuel MattaPDC54955,56
Daniel NúñezPC54955,56
Maite OrsiniRD54955,56
Jaime ToháPS54955,56
Nora CuevasUDI11250,00
Juan Manuel MasferrerUDI11250,00
Camilo MoránRN11250,00
Joaquín Lavín LeónUDI45944,44
Pedro VelásquezInd.45944,44
Hugo GutiérrezPC25728,57
Cristian LabbéUDI0220,00

Fuente: Elaboración propia con datos obtenidos de solicitudes de información en camara.cl

A partir de las tabla anterior, es posible señalar que del total de diputados (incluidos aquello que cesaron y asumieron dicha responsabilidad en el Quincuagésimo Quinto Periodo Legislativo)[26]: 50 representantes asistieron al total de sesiones de Congreso Pleno facultados para ello, 106 representantes asistieron a más del 50% de las sesiones y menos del total (100%) de ellas, y finalmente, 7 representantes asistieron al 50% o menos del total de las sesiones del Congreso Pleno, siendo el ex diputado Labbé aquel que menos cantidad de asistencia presenta (no asistiendo a ninguna sesión, a pesar de haber asumido como diputado –en reemplazo del señor Patricio Melero- el día 13 de abril del año 2021).

2.- SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACION RESPECTO DE SESIONES DE CONGRESO PLENO:

Ahora bien, para haber efectuado el analisis precedente en torno a las sesiones de Congreso Pleno celebradas en el Quincuagésimo Quinto Periodo Legislativo (2018-2022), para el caso del Senado, dicho información fue obtenida a partir de los Diarios de las sesiones señaladas a continuación[27]:

1. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 11-03-2018 – Senado:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/7978

2. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 01-06-2018 – Senado:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8031

3. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 17-07-2018 – Senado:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8066

4. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 01-06-2019 – Senado:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8275

5. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 23-07-2019 – Senado[28]:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8314

6. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 24-07-2020 – Senado:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8595

7. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 31-07-2020 – Senado[29]:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8607

8. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 01-06-2021 – Senado:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8896

9. Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el 22-07-2021 – Senado:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8942

En cuanto a la Cámara de Diputados, dicha información fue obtenida a partir de una solicitud efectuada por uno de los investigadores del equipo Observatorio Congreso y cuatro solicitudes efectuadas por parte de la Fundación Presidente Balmaceda dirigida a la Oficina de Informaciones de la Cámara correspondiente a los folios CD001W10579, CD001W11391, CD001W11429, CD001W11732 y CD001W11836. A continuación, describimos el procedimiento por el cual fue obtenida la información empleada para el analisis precedente:

1.- El día 09 de septiembre del año 2019, se realizó por parte de un investigador del Observatorio Congreso de la Fundación Balmaceda una solicitud de información (correspondiente al folio CD001W10579), en la cual se requería “la lista de asistencias e inasistencias -y su respectiva justificación-de las y los diputados del Congreso Nacional a los Congresos Plenos celebrados en el año 2018 (cuyas fechas son respectivamente 11 de marzo de 2018, 1 de junio de 2018 y 17 de julio de 2018)”.

En respuesta (ver aquí), el día 10 de septiembre del año 2019 la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados remite un archivo Word con la información requerida (ver aquí), proveniente del Senado, pues es dicha Corporación –según se indica- la encargada de gestionar y conducir las sesiones de Congreso Pleno, de conformidad a sus reglas[30]. A su vez, se menciona que el Senado no registra las justificaciones de ausencia de las y los diputados en las sesiones de Congreso Pleno.    

2.- El día 27 de octubre del año 2020, se realizó por parte de la Fundación Presidente Balmaceda una solicitud de información (correspondiente al folio CD001W11391), en la cual se requería “la nómina de diputadas y diputados asistentes -tanto presencial como telemáticamente- e inasistentes (con su respectiva justificación) a las sesiones de Congreso Pleno celebradas el pasado viernes 24 de julio de 2019 y viernes 31 de julio de 2019[31] con motivo de la cuenta pública del Congreso Nacional y cuenta pública presidencial respectivamente”.

En respuesta (ver aquí), el día 23 de noviembre del año 2020, la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados remite un enlace vía plataforma We Transfer, el cual de acuerdo a la misiva recepcionada contendría: 1)“los Diarios de Sesiones del Senado de fecha 1 de junio de 2019 y 23 de julio de 2019 que contienen sendas actas de las sesiones de Congreso Pleno celebradas con motivo de las cuenta públicas rendidas, respectivamente, por el Presidente de la República y por el Congreso Nacional de Chile. En dichos documentos consta la asistencia solicitada, y ambos se encuentran disponibles permanentemente en el sitio web del Senado, www.senado.cl y 2) “La información de asistencia e inasistencias, que contiene la justificación de las mismas. Los códigos usados son los siguientes: a) LM: licencia médica; b) MO: misión oficial; c) PPN: permiso post natal; d) IG: impedimento grave”. De acuerdo a nuestros registros, en efecto, fueron remitidas ocho imágenes (en formato JPG) de las asistencias e inasistencias de diputados (con su respectiva justificación, en caso corresponda) correspondientes a las sesiones de Congreso Pleno del 01 de junio del año 2019 –cuenta pública presidencial- y del 23 de julio del año 2019 –cuenta pública del Congreso Nacional-.

3.- El día 25 de noviembre del año 2020, se realizó por parte de la Fundación Presidente Balmaceda una solicitud de información (correspondiente al folio CD001W11429), en la cual se requería “la nómina de diputadas y diputados asistentes -tanto presencial como telemáticamente- e inasistentes (con su respectiva justificación) a las sesiones de Congreso Pleno celebradas el pasado viernes 24 de julio de 2020 y viernes 31 de julio de 2020 con motivo de la cuenta pública del Congreso Nacional y cuenta pública presidencial respectivamente».

En respuesta (ver aquí), el día 30 de noviembre del año 2020, la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados, remite la correspondiente respuesta, indicándonos en la misiva que: “[…] en ambas ocasiones y debido a la pandemia de COVID-19 y a las consecuentes restricciones de aforo impuestas por la autoridad sanitaria, los Comités acordaron que solo podrían asistir presencialmente los Jefes de Bancada y los miembros de la Mesa, es decir, prácticamente no hubo asistencia presencial de diputados/as en dicha sesión. Por la misma razón, limitaciones de aforo, tampoco asistieron los oficiales de Sala de la Cámara de Diputados, encargados de registrar la asistencia de sus miembros, y, por tanto, su asistencia no fue registrada”.

A partir de la respuesta proporcionada, y dada la disconformidad que esta nos generaba, fue decidido efectuar un amparo al acceso de información púbica ante la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, es por ello, que el día 04 de diciembre del año 2020, fue remitido por parte de nosotros un correo dirigido a la jefa de la unidad de acceso a la información pública Sra. Verónica Seguel, dando cuenta que el formulario de amparo dispuesto en el sitio web institucional de la Corporación, presentaba dificultades para concretar el trámite en cuestión, a lo cual, consultamos respecto de la forma posible de proceder con la tramitación del amparo. Aquel mismo día, la Sra. Seguel nos responde la misiva, señalándonos que la interposición de amparo debe ser enviada por medio de correo electrónico al secretario de la Comisión de Ética y Transparencia (Sr. Luis Rojas) con copia a la abogada ayudante (Sra. Constanza Toro).

Dado lo anterior, el día 07 de diciembre del año 2020, se remite al Sr. Rojas la carta de amparo (ver aquí) respecto de la solicitud de información CD001W11429, junto a todos los antecedentes que dan sustento al contenido del documento. En la carta mencionada previamente fueron proporcionados cuatro argumentos, a fin de obtener el registro de asistencia y ausencia a las sesiones de Congreso Pleno solicitadas inicialmente:

a.- Las asistencias a las sesiones solicitadas debiesen ser públicas de conformidad al artículo Nº5A y Nº6 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional.

b.- El Senado transparentó la asistencia de las sesiones solicitadas, por lo cual nos sorprende, que estando en las mismas condiciones, la Cámara de Diputados no haya podido tomar registro.

c.- Las asistencias de las sesiones de Congreso Pleno precedentes (que hayan sido celebradas en aquel Periodo Legislativo) han sido transparentas.

d.- Las asistencias (tanto presencial como telemáticas) a las sesiones ordinarias y especiales acontecidas durante la pandemia del COVID-19 en la Cámara de Diputados, han sido transparentadas.

Finalmente, el día 21 de enero del año 2021, la Sra. Seguel nos remite vía correo electrónico la resolución de la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados[32] (ver aquí), junto a un documento Word con la asistencia de diputadas y diputados a las sesiones del Congreso Pleno del 24 y 31 de julio de 2020[33] (ver aquí), esto debido a que la comisión mencionada, decidió acoger –de forma unánime[34]– el amparo realizado, dando así por finalizado este requerimiento.

4.- El día 16 de agosto del año 2021, se realizó por parte de la Fundación Presidente Balmaceda una solicitud de información (correspondiente al folio CD001W11037[35]) en la cual se requería: «la nómina de diputadas y diputados asistentes (tanto de manera presencial como telemática) a la sesión de Congreso Pleno celebrada el pasado jueves 22 de julio del año 2021 con motivo de la cuenta pública del Congreso Nacional”[36].

En respuesta (ver aquí), el día 02 de septiembre del año 2021, la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados, remite la correspondiente misiva, indicándonos que se envía la “[…] copia de la asistencia de los/as diputados/as a la Sesión Plenaria en que se realizó la Cuenta Pública del Congreso Nacional el día 22 de julio de 2021” ver aquí (correspondiente a los diputados y diputadas que asistieron físicamente a la Sesión Plenaria); en tanto, respecto al registro de asistencia telemática de los diputados y diputadas, según se indica fue derivado al Senado (cuyo encargado de Transparencia por aquel entonces era el Sr. Eduardo Niño).

A raíz de lo anterior, el día 04 de octubre del año 2021, como Observatorio Congreso de la Fundación Balmaceda, remitimos un correo electrónico al señor Eduardo Niño, relatando el proceso indicado previamente, y consultando respecto de los motivos por los cuales habiendo ya transcurrido más de un mes desde la respuesta a la solicitud de información CD001W11037 –en la cual, se había derivado parcialmente dicha solicitud a la Cámara Alta, a fin de obtener la nómina de diputados que asistieron telemáticamente a la sesión de Congreso Pleno celebrada el día 22 de julio del año 2021-; esta información no ha sido entregada. 

Aquel mismo día por la noche, el señor Eduardo Niño nos responde el mensaje, comentándonos que en vista de que la solicitud de acceso a la información pública realizada a la Cámara Baja, es respecto a la nómina de diputados asistentes a la sesión del Congreso Pleno (previamente mencionada) y no respecto de nómina de senadores a dicha sesión, el Sr. Niño nos informa que el día 07 de septiembre del año 2021, se comunicó con la Sra. Verónica Seguel, en el cual le solicitó dejar sin efecto la derivación parcial efectuada argumentando que “no existía una consulta al Senado, pues los datos que se solicitaban, claramente ya estaban en conocimientos de ustedes, como expresamente lo citan[37].

Al día siguiente(05 de octubre del año 2021), como Observatorio Congreso respondimos a dicha misiva, indicando que discrepáramos de la respuesta proporcionada, pues en el enlace adjunto[38] a la solicitud efectuada respecto de la totalidad de diputados asistentes a la sesión del Congreso Pleno celebrado el día 22 de julio del año 2021, se da cuenta que solamente se hace mención a los diputados que concurrieron de manera presencial a dicha sesión (los cuales también son mencionados en el documento adjunto a la respuesta proporcionada por parte de la cámara baja), omitiendo –en dicho enlace- la información respecto de aquellos diputados que asistieron de forma telemática, tal como fue advertido en la misma solicitud. Dicho lo anterior, solicitamos al Sr. Niño la reconsideración de la respuesta proporcionada, que había quedado –según lo expresado anteriormente- sin efecto, para poder obtener la información restante (es decir, la asistencia telemática de los diputados asistentes).

Por último, el día 20 de octubre del año 2020, el Sr. Niño nos responde nuevamente la misiva señalando que aconteció un intercambio epistolar con la Sra. Seguel, respecto de la competencia del Senado para proporcionar información sobre la asistencia de diputados, cuya resolución se resume en el punto cuatro del correo, mencionado a continuación:

“De este modo, no pudiendo acceder a las plataformas informáticas de asistencia virtual de la Cámara, y no teniendo la facultad ni competencia para validar la asistencia de los Diputados y Diputadas que lo hicieron telemáticamente, tarea que sólo pueden hacer los funcionarios habilitados de la Cámara; el Senado no incluyó en la asistencia la información de la que carecía, cual es la asistencia virtual de los Diputados y Diputadas, la que sólo puede ser proporcionada por la Cámara de Diputados”.

En vista de ello, dado los nuevos antecedentes que como Observatorio Congreso de la fundación Balmaceda dispusimos, efectuamos una última solicitud de acceso a la información sobre esta materia, respecto al periodo legislativo 2018-2022, la cual es relatada a continuación: 

5.- El día 29 de octubre del año 2021, se realizó por parte de la Fundación Presidente Balmaceda una solicitud (correspondiente al folio CD001W11836) en la cual se requería nuevamente la información respecto de la nómina de los diputados y diputadas asistentes telemáticamente a la sesión de Congreso Pleno celebrada el pasado 22 de julio del año 2021 indicando para ello lo siguiente: “El motivo de este mensaje es, conforme al artículo 5A de la ley N°18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, insistir en solicitar nuevamente la nómina de los diputados y diputadas asistentes telemáticamente a la sesión de Congreso Pleno celebrada el pasado 22 de julio del año 2021 (Cuenta Pública del Congreso), en vista de los últimos antecedentes derivados por parte del señor Eduardo Niño, abogado encargado de Transparencia en el Senado, el cual nos indica en un correo remitido el pasado miércoles 20 de octubre que la responsabilidad respecto de la asistencia telemática de las y los diputados no es del Senado, sino más bien de la Cámara de Diputados puesto que se efectuó a través de la plataforma zoom, habilitada, administrada y operada por parte de la Cámara de Diputados, sin que funcionarios del Senado tuvieran acceso a ella, no teniendo así ni la facultad ni competencia para validar la asistencia de los Diputados y Diputadas que asistieron telemáticamente. […]”.

En respuesta (ver aquí), el día 09 de noviembre del año 2021, la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados, remite la correspondiente misiva, indicándonos que “la Cámara de Diputadas y Diputados no tiene registro de la asistencia telemática a esa sesión”.

A partir de la respuesta proporcionada, y dada la disconformidad que esta nos generaba, fue decidido efectuar un amparo al acceso de información púbica ante la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, es por ello que al día siguiente (10 de noviembre del año 2021) fue remitido por parte de nosotros un correo dirigido a la jefa de la unidad de acceso a la información pública Sra. Verónica Seguel, dando cuenta que el formulario de amparo dispuesto en el sitio web institucional de la Corporación, nuevamente presentaba dificultades para concretar el trámite, a lo cual consultamos respecto si debíamos proceder de la misma forma que en la pasada ocasión (ver punto Nº3 respecto al amparo a la solicitud de información folio CD001W11429), en la cual remitimos un correo al secretario de la comisión de Ética y Transparencia (Sr. Luis Rojas) con copia a la abogada ayudante (Sra. Constanza Toro).

El día viernes 12 de noviembre del año 2021, la Sra. Seguel nos responde la misiva precedente, indicándonos que fue solicitado al Departamento de Informática –de la Cámara de Diputados- la revisión del formulario de amparo, pues efectivamente existían problemas. A su vez nos señala que al no resolverse el problema al lunes siguiente (15 de noviembre del año 2021), era posible remitir la interposición de amparo ante la Comisión de Ética y Transparencia, por intermedio de su Abogado Secretario Sr. Luis Rojas con copia –en esta ocasión- a la Secretaria Ejecutiva Sra. María Carolina Cancino.

En vista que el problema mencionado no fue resuelto en los tiempos mencionados, remitimos el día 16 de noviembre del año 2021, al Sr. Rojas la carta de amparo (ver aquí) respecto de la solicitud de información CD001W11836, junto a todos los antecedentes que dan sustento al contenido del documento. En la carta mencionada previamente fueron proporcionados tres argumentos, a fin de obtener al registro de asistencia telemática de las y los diputados a la sesión de Congreso Pleno del día 22 de julio del año 2021:

a.- A nivel normativo, indiciamos que el principio de transparencia legislativo se encuentra regulado por el Art. Nº8 de la Constitución Política de la República; el Art. Nº5A de la Ley Orgánica del Congreso Nacional; y el Art. Sexto de la Ley sobre acceso a la información pública.

b.- Los antecedentes derivados vía correo electrónico por parte del Sr. Eduardo Niño –encargado, en aquel momento, de la Transparencia del Senado- en el cual afirma que la responsabilidad respecto de la asistencia telemática de las y los diputados no es del Senado, sino más bien de la Cámara de Diputados.

c.- El precedente respecto a solicitud de asistencias (por parte de diputadas y diputados) a sesiones Congreso Pleno dado por la solicitud de información folio CD001W11429 y su correspondiente resolución de amparo, proporcionada por parte de la comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, el día 21 de enero del año 2021.

Finalmente, el día 27 de diciembre del año 2021, remitimos una vez más, un correo a la Sr. Seguel consultando respecto del plazo de pronunciamiento y resolución del amparo por parte de la comisión de Ética y Transparencia, la cual había sido presentada hace ya algún tiempo atrás. Al día siguiente (es decir, el 28 de diciembre del año 2021), la Sra. Cancino (Secretaria Ejecutiva de la Comisión de Ética y Transparencia), nos remite –sin el documento de resolución respecto- el listado de asistencia telemática de las y los diputados (ver aquí), dando de esta forma por concluida la solicitud de información inicial.

Por último, cabe señalar que, respecto a la asistencia tanto de senadores como diputados a sesiones de Congreso Pleno, celebradas en el actual quincuagésimo sexto periodo legislativo (2022-2026), estas se encuentran disponible en los correspondientes Diarios de Sesiones en el sitio web institucional del Senado (senado.cl), cuyos enlaces incorporamos a continuación:

Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el viernes 11 de marzo de 2022:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/9108

Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el miércoles 1 de junio de 2022:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/9158

Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el miércoles 20 de julio de 2022:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/9193

Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el miércoles 14 de diciembre de 2022:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/9310

Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el martes 4 de abril de 2023:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/9390

Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el jueves 1 de junio de 2023:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/9430

Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el martes 4 de julio de 2023:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/9459

Diario de Sesiones del Congreso Pleno celebrado el sábado 1 de junio de 2024:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/9688


[1] Enlace del estudio:

https://observatoriocongreso.cl/wp-content/uploads/2022/08/Informe-Analisis-Anuario-Congreso-Nacional.pdf

[2] De conformidad al artículo 6 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

[3] Tal como indica el documento “Léxico Legislativo” elaborado por la Biblioteca del Congreso Nacional.

[4] Véase en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=242302&idParte=0

[5] De acuerdo con el Diccionario Constitucional Chileno – Cuadernos del Tribunal Constitucional (2014)

[6] Véase en: https://senado.cl/reglamento-del-senado-actualizado-marzo-2020#vtxt_cuerpo_T13

[7] También contenido en el artículo 28 del Reglamento de la Cámara de Diputados (vigente)

[8] Véase en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1102437

[9] Excepcionalmente de acuerdo con la disposición trigésimo-segunda de la C.P.R., la cuenta pública presidencial se realizó el 31 de julio de 2020.

[10] El presidente de la Republica elegido/designado por el Congreso Pleno, de acuerdo con el artículo 31 de la Constitución Política, tendrá todas las atribuciones que la Carta Fundamental le confiere al ejecutivo.

[11] De acuerdo con el Diccionario Constitucional Chileno – Cuadernos del Tribunal Constitucional (2014)

[12] Para más información: https://observatoriocongreso.cl/cuenta-publica/

[13] Véase en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1079688

[14] Véase en: http://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php?boletin_ini=8624-07

[15] https://www.parlamericas.org/es/open-parliament/parl-comm-tracker.aspx?/country/chile#2019-2020. Complementariamente a esto, de acuerdo a la respuesta a la solicitud de información De acuerdo soCD001W12029 aún no se ha presentado la moción para formalizar dicho documento.

[16] Véase en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1140340

[17] Fuente de datos: https://historico.servel.cl/

[18] Excepcionalmente, a raíz de la pandemia covid-19, se estableció en la disposición trigésimo segunda de la Constitución Política de la República, la realización de la cuenta pública presidencial el día 31 de julio de 2020, tras la publicación en mayo del año 2020, de la ley N°21.237. Véase en:

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1146001&idParte=10124696&idVersion=2020-05-30

[19] Dicha información fue obtenida del sitio web institucional senado.cl

[20] En la cuenta pública presidencial efectuada el 31 de julio del año 2020, se contabiliza un total de 41 senadores, puesto que el día 28 de julio de aquel mismo año cesan en sus funciones el señor Víctor Pérez y el señor Andrés Allamand, para asumir el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Ministerio de Relaciones Exteriores, respectivamente. En cuanto a sus reemplazos, tanto la señora Marcela Sabat (quien reemplazó al señor Allamand por el cupo del partido Renovación Nacional) y el señor Claudio Alvarado (quien reemplazo al señor Pérez por el cupo del partido Unión Demócrata Independiente) asumieron sus funciones el día 04 de agosto del año 2020.

[21] Dicha tabla fue efectuada a partir de la información obtenida desde el sitio web senado.cl, considerando como precedentes las tablas Nº26 y Nº27 señaladas en el informe titulado “Analisis del Trabajo Legislativo del Congreso Nacional en el Quincuagésimo Quinto Periodo Legislativo” (2022) las cuales fueron refundidas y complementadas con la totalidad de los representantes del Senado para el periodo legislativo 2018-2022, incluyendo a aquellos cesaron de sus funciones y sus correspondientes reemplazantes.

[22] Es decir, un total de 46 personas. No obstante, cabe aclarar que, durante aquel periodo de tiempo de análisis, el senado, se constituía de 43 representantes, sin embargo, 3 representantes electos cesaron de sus funciones, y, por tanto, igual número asumió dicha responsabilidad conforme al artículo 51 de la Constitución Política de la Republica.

[23] Dicha información fue obtenida a partir de las solicitudes a acceso a la información pública folios: CD001W10579 (congresos plenos año 2018), CD001W11391 (congresos plenos año 2019), CD001W11429 (congresos plenos años 2020) –y su respectivo amparo al derecho a solicitud de información, resuelto por la comisión de ética y transparencia de la Cámara de Diputados el día 20 de enero del año 2021- y CD001W11732/CD001W11836 (sobre el congreso pleno de la cuenta pública del congreso nacional año 2021, dado que la información sobre la cuenta pública presidencial año 2021, se encuentra disponible en el sitio web senado.cl).

[24] En la cuenta pública presidencial efectuada el 31 de julio del año 2020, se contabiliza un total de 152 diputados, puesto que el día 28 de julio de aquel mismo año cesan de sus funciones el señor Mario Desbordes (RN) y el señor Jaime Bellolio (UDI), para asumir el Ministerio de Defensa y el Ministerio Secretaria General de Gobierno, respectivamente. Junto a ello, el día 29 de julio de 2020 cesa de sus funciones la señora Marcela Sabat (RN) para asumir como senadora por la Circunscripción Nº7 de la región Metropolitana, en reemplazo del señor Andrés Allamand. Respecto a lo anterior, el señor Desbordes es reemplazado por el señor Camilo Moran (RN) quien asume como diputado el día 04 de agosto del año 2020, el señor Bellolio es reemplazado por la señora Nora Cuevas (UDI) quien asume como diputada el día 05 de agosto del año 2020, y finalmente, la señora Sabat es reemplazada por el señor Tomas Fuentes (RN) quien asume como diputado el día 06 de agosto del año 2020.

[25] Dicha tabla fue efectuada a partir de la información obtenida diversas solicitudes de acceso a la información efectuadas a la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados, considerando como precedentes las tablas Nº29 y Nº30 señaladas en el informe titulado “Analisis del Trabajo Legislativo del Congreso Nacional en el Quincuagésimo Quinto Periodo Legislativo” (2022) las cuales fueron refundidas y complementadas con la totalidad de los representantes de la Cámara para el periodo legislativo 2018-2022, incluyendo a aquellos cesaron de sus funciones y sus correspondientes reemplazantes.

[26] Es decir, un total de 163 personas. No obstante, cabe aclarar que, durante aquel periodo de tiempo de análisis, la Cámara de Diputados, se constituía de 155 representantes, sin embargo, 8 representantes electos cesaron de sus funciones, y, por tanto, igual número asumió dicha responsabilidad conforme al artículo 51 de la Constitución Política de la Republica.

[27] Sobre este tema, cabe mencionar un problema excepcional advertido por parte del equipo Observatorio Congreso: Mediante la solicitud de acceso a la información pública folio SOL0018650 (presentada por parte de la Fundación Balmaceda el día 28 de enero del año 2022), hicimos presente la inexactitud de la información sobre las asistencias de senadores a sesiones de Congreso Pleno (en la sección “Asistencia” en contraste con la sección “Diario” del sitio web senado.cl), particularmente respecto del senador Juan Pablo Letelier y el senador Manuel José Ossandón en la sesión de Congreso Pleno del día 01 de junio del año 2018; y del senador Francisco Huenchumilla en la sesión de Congreso Pleno del día 24 de julio del año 2020; en cuya respuesta [ver aquí], obtenida el 25 de marzo del año 2022, nos indicaron, por parte de la Fiscalía del Senado, que efectuaron un requerimiento, al Departamento de Tecnologías de dicha Corporación. Sin embargo, tal como dimos cuenta –a modo de antecedente- en una posterior solicitud de información (folio SOL0022736, de marzo del año 2024), dicho problema no ha sido subsanado por parte de la Cámara Alta.

[28] Sobre dicha sesión, en su momento advertimos un error de clasificación, pues en el sitio web institucional del Senado, se señalaba que dicha sesión era “Especial” en circunstancia en que verdaderamente corresponde a una sesión de “Congreso Pleno”, tal como indica el Diario de Sesiones de aquel día. Dicha información, fue remitida, el día 22 de octubre del año 2020, por medio del formulario correspondiente (categorizada mediante el folio SOL0013991). En respuesta [ver aquí] aquel mismo día, el Departamento de Informaciones del Senado nos comunica que agradecen nuestra observación, corrigiendo el error conforme a lo señalado por nosotros.       

[29] No obstante, dado que en su momento dicha información no se encontraba disponible, fue necesario efectuar el día 21 de septiembre del año 2020 una solicitud de acceso a la información (folio SOL0013737) en la cual se requirió la asistencia de las y los senadores a la sesión del Congreso Pleno celebrada el pasado viernes 31 de julio del año 2020, cuya respuesta favorable [ver aquí] fue recepcionada por nosotros aquel mismo día 21 de septiembre.

[30] Vease el capítulo XIV del Reglamento del Senado:

https://www.senado.cl/acerca-del-senado/normativa/reglamento-del-senado

[31] Dicha solicitud de información contiene un error de nuestra parte pues en el año 2019, las sesiones del Congreso Pleno se efectuaron los días 01 de junio y 23 de julio, mientras que, en el año 2020, las sesiones del Congreso Pleno se efectuaron los días 24 de julio y 31 de julio.

[32] La cual tomo conocimiento de dichos antecedentes en las sesiones celebrada los días 16 de diciembre del año 2020,13 de enero del año 2021 y 20 de enero del año 2021.

[33] Información que de acuerdo al punto Nº6 de la resolución del amparo, fue solicitada de forma interna a la Secretaria General del Senado. 

[34] La resolución fue adoptada con el voto unánime de las diputadas señoras Karin Luck y Maite Orsini; y de los diputados señores Bernardo Berger, Juan Luis Castro, José Pérez Arriagada, Pablo Prieto, Guillermo Teillier y Esteban Velásquez.  

[35] Al ser respondida, el folio de la solicitud de información es modificado a CD001W11732.

[36] Dicha solicitud de información se realiza debido que la nómina de diputados asistentes no está disponible en el Diario de dicha sesión de Congreso Pleno (el cual es posible obtener en el sitio web senado.cl), a diferencia de la sesión del Congreso Pleno celebrada el 01 de junio del año 2021 (con motivo de la cuenta pública presidencial) en la cual se mencionan la nómina de asistentes tanto del Senado como de la Cámara de Diputados, tal como da cuenta el enlace adjunto:

https://www.senado.cl/actividad-legislativa/sala/sesiones-de-sala/8896

[37] Haciendo alusión a la nómina de senadores asistentes.

[38] Correspondiente al Diario de Sesiones (Senado) del Congreso Pleno celebrado el 22 de julio de 2021:

https://tramitacion.senado.cl/appsenado/index.php?mo=sesionessala&ac=getDocumento&teseid=66888&legiid=501

LAS ACTAS SECRETAS DE LA JUNTA MILITAR

LAS ACTAS SECRETAS DE LA JUNTA MILITAR

En la pasada sesión ordinaria Nº43 de la Cámara de Diputados celebrada el martes 18 de junio del año 2024, se aprobó por 38 votos a favor, 29 votos en contra y una abstención, la solicitud de cuenta –presentada el día anterior- dirigida a la presidenta de la Corporación Sra. Karol Cariola, por parte de la jefa de bancada del Comité Frente Amplio RD, Comunes y Convergencia Social, Sra. Camila Rojas; y los jefes del Comité Comunista, Federación Regionalista Verde Social, Acción Humanista e Independientes, señor Luis Cuello, y del Comité Partido Por la Democracia, señor Jaime Araya, en la cual “se expresa la necesidad de que los chilenos y chilenas conozcan el origen del actual sistema de pensiones que entregó a las empresas privadas con fines de lucro el destino de los fondos de pensione. En 1980 la dictadura militar dictó el Decreto Ley 3500 que creó las AFP. Sin embargo, tomó la decisión de excluir del nuevo sistema a las Fuerzas Armadas y de Orden, manteniendo el sistema de reparto que rige hasta la actualidad”.

En dicho oficio se solicita dar lectura al extracto que indican del acta de la Junta Militar de Gobierno N° 398-A, del 14 de octubre de 1980, en virtud de lo dispuesto en inciso quinto del artículo 97 del Reglamento, cuya transcripción de la intervención se indica a continuación:

Presidenta: El señor Prosecretario dará lectura al texto.  

Prosecretario: Gracias presidenta. La solicitud es referida al extracto de acta 398-A de la Junta Militar, de 14 de octubre de 1980 donde el entonces dictador Augusto Pinochet, se refiere a la redacción del artículo que excluye a las Fuerzas Armadas del Sistema de AFP:  
El señor General Pinochet: “Yo creo que hay que buscarle una presentación más atrayente incluso para nosotros.  
“Lo que yo digo es que se le ponga una redacción, pero que no aparezca como que nosotros estamos involucrando a la gente y, por otro lado, nos quedamos atrás. La idea es ésa, que no figure que somos excepción, que incluimos a toda la gente en el sistema, pero nosotros no entramos a él.  
“Ahora si ustedes ven que es necesario aceptar el nuevo sistema o mantenerse en el actual, tienen que darle una redacción tal que lleve encubierto lo que vamos a hacer, de lo contrario, vamos a aparecer muy mal ante la ciudadanía”.  
Eso es presidenta.  

Presidenta: Muchas gracias Prosecretario. Ofrezco la palabra sobre la Cuenta.  

A partir de esa lectura realizada en la Cámara de Diputados, como Observatorio Congreso de la Fundación Presidente Balmaceda, hemos revisado el acta de la Junta Militar de Gobierno N° 398-A, del 14 de octubre de 1980,[1], evidenciando que efectivamente dichas frases fueron pronunciadas por el General Pinochet, sin embargo, el dialogo que lo acompaña es mucho más extenso. Dado aquello, a continuación, daremos cuenta del dialogo integro en el cual fueron mencionadas dichas palabras:  

El señor GENERAL PINOCHET, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. – Yo creo que hay que buscarle una presentación más atrayente incluso para nosotros.

El señor MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL. – Yo ayer conversé esta materia con el señor General Lyon y me dio una razón verdadera de esto. ¿Por qué no hace el favor de exponerla?

El señor GENERAL PINOCHET, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. – Lo que yo digo es que se le ponga una redacción, pero que no aparezca como que nosotros estamos involucrando a la gente y, por otro lado, nos quedamos atrás. La idea es ésa, que no figure que somos excepción, que incluimos a toda la gente en el sistema, pero nosotros no entramos a él.

El señor MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL. – Ese el trabajo de la Comisión.

El señor GENERAL MENDOZA, MIEMBRO DE LA JUNTA. – Quisiera hacer un alcance. Ocurre que actualmente hay gente que está dentro de estos regímenes de la CAPREDENA y la DIPRECA. El entrar a hacer separaciones podría ser justa y también podría no serlo, en algunos casos.

Yo propongo que las cosas se dejen como están para no hacer discriminaciones o, de lo contrario, podemos cometer errores como, por ejemplo, al hablar que solamente debe considerarse a la gente que usa uniforme, yo pongo el caso en Carabineros de la asistente social, no es uniformada, sin embargo, realiza una labor muy propia del … (no se entiende la palabra) y así pueden aparecer varios otros casos, entonces, tal vez sería conveniente que los que están en el régimen se queden, pero no aceptar gente de otros servicios o gente, por así decirlo, que nada tiene que ver con estos servicios, porque ahí sí que se producirían problemas. O sea, que quede como está.

El señor ALMIRANTE MERINO, MIEMBRO DE LA JUNTA. – (No se entiende el comienzo de la frase) … segundo del estatuto del personal de las Fuerzas Armadas establece quienes están afectos a él y dice claramente que el personal de Planta de la Subsecretaria del Ministerio de Defensa Nacional, personal de Planta de las Fuerzas Armadas, personal a contrata, profesores civiles, personal de reserva llamado a servicio activo, alféreces, guardiamarinas, subalféreces, …(no se entiende la palabra) navales, grumetes, aprendices, alumnos de las escuelas institucionales que no sean personal de Planta y personal de (no se capta la última palabra). Ese es el personal que debe estar en la CAPREDENA, porque ese es el que está regido por el estatuto del personal de las Fuerzas Armadas y cualquier otro no es más que un allegado que está usufructuando de un sistema en el cual no tiene ninguna razón para estar incluido.

El señor MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL. – Ahí en su enumeración, mi Almirante, faltan los pilotos LAN.

El señor GENERAL MATTHEI, MIEMBRO DE LA JUNTA. – ¿Por qué los pilotos LAN y no los de LADECO?

El señor MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL. – Porque tienen una ley especial los pilotos LAN.

El señor GENERAL MATTHEI, MIEMBRO DE LA JUNTA. – Si, pero es una mala ley. En su tiempo los de LAN eran los únicos pilotos comerciales; esa es la única razón. Hoy día eso ya no es cierto.

El señor MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL. – Falta la CAPREDENA, DIGEDER y FAMAE.

 El señor ALMIRANTE MERINO, MIEMBRO DE LA JUNTA. – Pero si no están incluidos en el estatuto de las Fuerzas Armadas.

El señor MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL. – Hoy día, mi Almirante, ellos están acogidos a este régimen previsional.

E l señor ALMIRANTE MERINO, MIEMBRO DE LA JUNTA. – La CAPREDENA no.

–Se producen diversos diálogos.

El señor GENERAL PINOCHET, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. – Estos problemas que se vean en la Comisión; que estudien los pro y los contra.

El señor SECRETARIO DE LEGISLACIÓN. – Por eso es que voy a omitir otros problemas que hay en el artículo 96, dada la decisión.

En el artículo 97, el señor Ministro del Trabajo me ha señalado que él sugiere que rija en fecha cierta, no transcurrido 180 días, sino que a contar del 1º de mayo del 81, el día del Trabajo y lo propio en el inciso tercero del artículo 1º transitorio.

El señor MINISTRO DEL TRABAJO. – La razón de esto es que dice, 180 días a contar de la publicación de esta ley. Como se va a publicar en octubre, aproximadamente da de todas maneras el 1º de mayo, pero es mucho más fácil para la explicación de la ley decir, esto comienza a funcionar un día equis.

Por último, que sea el 30 de abril, el 31 de mayo, lo que sea, pero no decir 180 días en vez de fijar una fecha determinada.

El señor SECRETARIO DE LEGISLACIÓN. – Mi última observación en este proyecto está en el artículo 13 transitorio.

El señor MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. – ¿Me permite, Presidente?

En el artículo 12 transitorio, en el último inciso dice que el derecho a opción se podrá ejercer en el plazo de cinco años, contado desde la publicación de la ley. La idea nuestra era que el trabajador tuviera cinco años efectivos para optar. Si es desde la publicación de la ley, como el sistema comienza a funcionar solamente a partir del 1º de mayo, en realidad le estamos dando cuatro años y medio para optar.

Lo que yo sugiero es que el derecho a opción podrá ejercerse hasta el 1º mayo del 86. En otras palabras, darle cinco años verdaderos en vez de parezcan cinco años y que sean cuatro años y medio, porque nadie puede optar durante los primeros seis meses, porque no funciona la ley.

El señor GENERAL PINOCHET, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. – Conforme.

El señor MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. – Dar cinco años reales y hablar con fechas determinadas; el 1º de mayo del 86.

El señor SECRETARIO DE LEGISLACIÓN.- En el artículo 13 transitorio, dos observaciones: una, de la redacción del artículo podría llegarse a la conclusión que la idea es que subsista para los empleados públicos a lo que se refiere este artículo, lo del decreto ley Nº 249, los de la administración civil del Estado, del Congreso Nacional, del Poder Judicial y de las Universidades. Decía que podría llegarse a la conclusión de que la idea es que subsista para estos empleados públicos el tope de imponibilidad del artículo 25 de la ley 13.386, lo que estaría en contradicción con el artículo 6º del segundo proyecto que se va a ver después.

En el fondo, lo que he entendido, después de las explicaciones que he pedido, es que se quiere decir que lo que es imponible hoy día, siga imponible mañana. Si es esa la idea he pensado en una redacción de este tipo: «Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 …», no es el 17, “… no se consideran remuneraciones aquellos beneficios que perciban los trabajadores a que se refiere el decreto ley Nº 249, de 1974, y demás trabajadores de la administración civil del Estado, del Congreso Nacional, del Poder Judicial y de las Universidades y que en virtud de disposiciones legales hayan sido declaradas no imponibles». Con esta redacción se está diciendo que lo que hoy da es imponible, sigue siéndolo y no hay alteración en el nuevo sistema.

El señor GENERAL PINOCHET, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. – No hay problema.

El señor MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. – Ningún problema.

El señor SECRETARIO DE LEGISLACIÓN. – Mi organismo no tiene más observaciones a este proyecto, señor.

El señor GENERAL PINOCHET, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. –  A la Comisión le hemos sugerido trabajar la próxima semana, le vamos a dar toda la próxima semana y veremos las dos leyes que faltan, por lo tanto, si hay observaciones, se entregarán también a la Comisión para que las estudie

El señor GENERAL MATTHEI, MIEMBRO DE LA JUNTA. – Sobre este problema de las Fuerzas Armadas yo estoy muy de acuerdo con lo que ha dicho usted y el Almirante Merino, en relación con nuestra propia situación frente al lineamiento que vamos a dar a la Comisión para su trabajo. ¿Le vamos a indicar cómo redactarlo para que quedando fuera no aparezca reflejada esta situación tan claramente o le indicaremos que estudie las verdaderas razones por las cuales tengamos que quedar fuera? A lo mejor no es malo el sistema y, tal como lo habíamos conversado, perfectamente bien podríamos quedar incluidos en él.

El señor GENERAL PINOCHET, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. – Por eso he pedido que se estudie los pro y los contra y de acuerdo con esto se verá si se sigue como estamos o adoptamos el nuevo sistema según nuestras modalidades, porque en relación con ellas, la gente, aunque no quiera se va antes de los treinta años, porque pasa a retiro o en un accidente muere o pierde un brazo, es decir, hay una serie de cosas que no están consideradas en un trabajo normal y por eso hay que estudiarlo.

Ahora si ustedes ven que es necesario aceptar el nuevo sistema o mantenerse en el actual, tienen que darle una redacción tal que lleve encubierto lo que vamos a hacer, de lo contrario, vamos a aparecer muy mal ante la ciudadanía.

Cabe mencionar que, si bien el acta consultada previamente, correspondiente a la N°398-A, del 14 de octubre de 1980, fue obtenida desde el sitio web institucional de la Biblioteca del Congreso, tras una revisión general de la documentación disponible, fue posible evidenciar que no se encuentra transparentada la totalidad de documentos correspondiente a las actas de la Junta Militar, por lo cual, para obtener la mayor cantidad de actas posibles –que no tuvieran causal de reserva o secreto- fue necesario realizar solicitudes de acceso a la información pública –de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº20.285 (2008) sobre Acceso a la Información Pública y el Reglamento de Transparencia de la Biblioteca, cuyo procedimiento narramos a continuación:  

SOLICITUDES DE ACTAS FALTANTES DE LA JUNTA MILITAR POR PARTE DEL OBSERVATORIO CONGRESO

Como Observatorio Congreso de la Fundación Presidente Balmaceda, nos propusimos conocer el trabajo legislativo acontecido durante el periodo correspondiente a la dictadura cívico-militar en Chile, a partir de la información proporcionada públicamente por parte de la Biblioteca del Congreso Nacional [2], de ello, es posible señalar lo siguiente.

Antecedentes históricos y normativos:

Tras el golpe de Estado acontecido el 11 de septiembre del 1973, la Junta Militar integrada por el Comandante en Jefe del Ejército, General de Ejército don Augusto Pinochet; el Comandante en Jefe de la Armada, Almirante don José Toribio Merino; el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, General del Aire don Gustavo Leigh y el Director General de Carabineros, General don César Mendoza, asumieron “el Mando Supremo de la Nación”, según se estableció en el Acta de Constitución [3], aquello supuso “el ejercicio de todas las atribuciones de las personas y órganos que componen los Poderes Legislativos y Ejecutivo, y en consecuencia el Poder Constituyente que a ellos corresponde” según menciona Decreto Ley Nº128 (publicado en el Diario Oficial en noviembre de 1973), lo cual fue ratificado posteriormente en el artículo Nº1 del Decreto Ley Nº527 [4] el cual aprobó el Estatuto de la Junta de Gobierno. En tanto, respecto al Poder Judicial, dicho poder del Estado ejerció sus funciones en la forma y con la independencia y facultades que [señalaba] la Constitución Política del Estado” [5].

En tales circunstancias, días después de instalada la Junta Militar en Chile, ésta por medio del Decreto Ley Nº27 publicada el 24 de septiembre del año 1973, disolvió el Congreso Nacional, cesando en sus funciones los parlamentarios que se encontraban en ejercicio [6]. Tal disolución llegó a fin tras el restablecimiento del Congreso Nacional el 11 de marzo de 1990.

Respecto al ejercicio del Poder Legislativo por parte de la Junta Militar, esta quedó consagrada en el artículo 3 del Decreto Ley Nº128 (1973) en el cual se establece que “El Poder Constituyente y el Poder Legislativo son ejercidos por la Junta de Gobierno mediante decretos leyes con la firma de todos sus miembros y, cuando éstos lo estimen conveniente, con la de el o los Ministros respectivos”, lo cual fue ratificado de tal forma en el Titulo Segundo del Decreto Ley Nº527 (1974). Lo anterior se complementa con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº991 (1976) el cual constituyó la norma que estableció la tramitación de los Decretos Leyes, hasta su derogación en el año 1981, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 47 de la ley Nº17.983 (norma que vino a reemplazarla). 

Por último, si bien el 24 de octubre de 1980, acontece un hito fundamental para el devenir de Chile, tras la publicación en el Diario Oficial de la vigente Constitución Política de la República mediante el Decreto Supremo Nº1150 [7] (constituida originalmente por 120 artículos permanentes -divididos en 14 capítulos- y 29 disposiciones transitorias) [8], el cual entró en vigencia a contar desde el 11 de marzo del año 1981; aquello si bien implicó el establecimiento de un nuevo marco jurídico-institucional para Chile, dicho texto respetó la labor legislativa que se estaba efectuando por parte de la Junta Militar, pues de conformidad al artículo transitorio decimoctavo, que mantuvo la idea de que fuese aquella entidad quien ejerciera el Poder Legislativo; sin embargo, es necesario destacar aquello señalado por Brian Loveman y Elizabeth Lira en el libro titulado “La Junta de Gobierno Militar: Poder Constituyente y Legislativo, 11 de septiembre de 1973 – 11 de marzo de 1990” (2020) [9]:“Con la imposición de una nueva constitución (11 de marzo de 1981), “legitimada” el 11 de septiembre de 1980, en un plebiscito efectuado sin registros electorales y manejado por el gobierno, las funciones de la Junta de Gobierno militar se redefinieron, ejerciendo las atribuciones constitucionales del Poder Legislativo descritas en la nueva Constitución” para ello “[…]El 28 de marzo de 1981, se publicó la Ley Nº 17.983 [10], primera ley aprobada bajo la Constitución de 1980. Esta ley establecía los órganos de trabajo de la Junta de Gobierno y los procedimientos legislativos que, con modificaciones que se identifican en el texto, serían utilizados hasta 1990”.

Solicitudes de acceso a la Información: 

1.- Una vez mencionado el contexto histórico y normativo en el cual fueron generadas las actas legislativas de la Junta Militar, es necesario mencionar que tras un análisis realizado por parte del Observatorio Congreso de la Fundación Presidente Balmaceda (en el año 2021), a la documentación legislativa disponible respecto a aquel periodo de tiempo, fue posible determinar que fueron transparentadas un total de 838 actas, sin embargo, evidenciamos que no toda la documentación sobre este asunto se encontraba disponible [11] por lo cual, el día 02 de  septiembre del año 2021, la Fundación Presidente Balmaceda, efectúa una solicitud [12] (folio TP907) –por medio de su director Ejecutivo señor Manuel Lobos- a la Biblioteca del Congreso Nacional, requiriendo las siguientes actas faltantes: Acta Nº211 del año 1975; Nº 274 del año 1976, Nº 294 del año 1976; Nº 27 del año 1985; Nº 35 del año 1985; Nº 43 del año 1985; Nº9 del año 1986; Nº22 del año 1986; Nº26 del año 1986; Nº31 del año 1986; Nº36 del año 1986; Nº11 del año 1987; Nº15 del año 1987; Nº45 del año 1987; Nº48 del año 1987; Nº31 del año 1988; Nº32 del año 1988; Nº38 de año 1988; Nº5 del año 1989; Nº11 del año 1989; Nº16 del año 1989; Nº20 del año 1989 y Nº38 del año 1989.

En la respuesta a la solicitud TP907 proporcionada el día 23 de septiembre del año 2021 por parte de la Unidad de Transparencia de la Biblioteca del Congreso Nacional se nos señala que desde el año 2009 por parte de la institución, se realiza un esfuerzo permanente (de revisión, digitalización y publicación) por facilitar el acceso a la información a través del sitio web las actas de la junta militar [13], las cuales dan cuenta del trabajo en las sesiones que abordaban temas administrativos y legislativos. Sin embargo, el correo advierte que “respecto de las materias de naturaleza legislativa, existen algunas actas que contienen antecedentes fidedignos de la tramitación de leyes declaradas secretas que se mantienen vigentes. Así, teniendo en cuenta el adagio jurídico que lo accesorio sigue la suerte de lo principal y en atención al artículo 1 transitorio de la Ley 20.285 y el artículo 8 de la Constitución, no resulta posible remitir dichas actas por tener antecedentes directos de tales normas”, por lo cual se hace envió –en formato PDF- de seis documentos (correspondientes a las actas legislativas Nº211 del 1975; Nº274 del año 1976; Nº294 del año 1976; Nº27 del año 1985; Nº11 del año 1989 y Nº38 del año 1989), las cuales no ostentan ser actas de carácter secreto.

2.- Sin embargo, insistimos con obtener los documentos faltantes correspondientes a las actas Nº 35 del año 1985; Nº 43 del año 1985; Nº9 del año 1986; Nº22 del año 1986; Nº26 del año 1986; Nº31 del año 1986; Nº36 del año 1986; Nº11 del año 1987; Nº15 del año 1987; Nº45 del año 1987; Nº48 del año 1987; Nº31 del año 1988; Nº32 del año 1988; Nº38 de año 1988; Nº5 del año 1989; Nº16 del año 1989 y Nº20 del año 1989, adicionando a ello, el acta Nº10 del año 1989 la cual tampoco se encontraba disponible; mediante una nueva solicitud de acceso a la información (folio TP1022) remitida, por parte del director ejecutivo, señor Manuel Lobos, el día 07 de abril del año 2022 a la Biblioteca del Congreso Nacional.

El día 28 de abril de aquel mismo año, la Unidad de Transparencia de la Biblioteca del Congreso Nacional nos proporcionó una respuesta a la solicitud TP1022, en la cual señala que las actas de la Junta Militar generadas entre los años 1973 y 1990 –de las cuales la Biblioteca es depositaria- son públicas [14], a excepción de aquellas que “contienen antecedentes directos y fidedignos de una norma legal referida a materias que, por disposición del artículo 8° de la Constitución Política, deben considerarse reservadas o secretas, a saber, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional”,por lo cual, de conformidad al Articulo Nº8 (previamente mencionado) [15] y la Disposición Cuarta Transitoria de la Constitución Política de la República, al mantener el carácter de secretas o reservadas dichas actas [16], no es posible acceder a ellas.

3.- Por último, el día 05 de septiembre del año 2023, efectuamos una tercera y última solicitud de información al respecto (folio TP1395) –por intermedio del director ejecutivo de la Fundación Presidente Balmaceda- en la cual requerimos las actas Nº47, 48, 49 y 50 del año 190 de la Junta Militar; junto con una nómina de todas aquellas actas legislativas de la Junta Militar que no se encuentran disponibles en el apartado “Actas Junta de Gobierno 1973-1990”, debido a que actualmente se encuentran declaradas reservadas y/o secretas (de conformidad a lo dispuesto decreto ley Nº991 de enero de 1976 u otro cuerpo legal).

En respuesta a dicha solicitud (folio TP1395), remitida por parte de la Unidad de Transparencia de la Biblioteca del Congreso Nacional el día 16 de octubre del año 2023 [17], nos indica que las actas solicitadas se encuentran en reserva permanente (de conformidad al Articulo Nª8 de la Constitución Política de la República), por lo cual la biblioteca del Congreso Nacional no se encuentra autorizada para su publicidad.

Ahora bien, respecto a la nómina de actas reservadas y/o secretas acontecidas durante la dictadura militar, se nos indica que del total de 869 documentos almacenados:

A)Período 1973-1981: Los 410 documentos disponibles figuran con acceso público en nuestras bases de datos.

B) Período 1981-1990: De los 459 documentos ingresados en las bases de datos, 25 actas figuran con “Reserva Permanente”, cuyo detalle es el siguiente: Acta 14/83-E (16/06/83); acta 35/85 (12/11/85); acta 43/85 (07/01/86); acta 4/86 (08/04/86); acta 9/86 (13/05/86); acta 22/86 (12/08/86); acta 26/86 (10/09/86); acta 31/86 (14/10/86); acta 36/86 (18/11/86); acta 11/87 (12/05/87); acta 15/87 (09/06/87); acta 45/87 (29/12/87); acta 31/88 (04/10/88); acta 32/88 (11/10/88); acta 38/88 (22/11/88); acta 5/89 (04/04/89); acta 10/89 (09/05/89); acta 16/89 (20/06/89); acta 20/89 (18/07/89); acta 26/89 (29/08/89); acta 37/89 (14/11/89); acta 47/90 (11/01/90); acta 48/90 (23/01/90); acta 49/90 (30/01/90)  y acta 50/89-E (20/02/90).

Por tanto, tras lo señalado anteriormente, y dado el trabajo efectuado en las tres solicitudes de información a la Biblioteca del Congreso Nacional, nos es posible indicar que la cantidad –por año- de las actas legislativas de la Junta Militar, es la siguiente:

AñoCantidad de actas
197357
1974124
197576
197640
197740
197827
197925
198020
198145
198244
198350
198457
198552
198641
198746
198849
198944
19907
Total844

Finalmente, cabe señalar que en nuestro sitio web institucional (observatoriocongreso.cl), particularmente en la sección denominada “Documentos de interés”, hemos dispuesto de un banner, en el cual es posible acceder a cada una de las actas de la Junta Militar [18] de forma interactiva, clasificadas en función solamente año y no en función, por ejemplo, del tema, pues tal como indica el libro titulado “La Junta de Gobierno Militar: Poder Constituyente y Legislativo, 11 de septiembre de 1973 – 11 de marzo de 1990” (2020) antes mencionado “ La colección de las actas, considerada como el periodo legislativo entre el 12 de septiembre de 1973 y el 7 de marzo de 1990, carece de índices y organización temática, por lo que se requiere de paciencia y perseverancia para ubicar los debates sobre las distintas políticas públicas”.


[1] Acta N° 398-A, del 14 de octubre de 1980:

https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=recursoslegales/10221.3/34262/1/acta398_1980_A.pdf

[2] https://www.bcn.cl/historiapolitica/corporaciones/periodos_legislativos?periodo=1973-1990

[3] Decreto ley Nº1 (1973) Acta de Constitución de la Junta de Gobierno

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=237897

[4] Decreto Ley Nº527 (1974). Aprueba Estatuto de la Junta de Gobierno.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=6164

[5] Según lo establecido en el Decreto Ley Nº128 (1973). No obstante, el Decreto Nº1 (1973) señalaba respecto del Poder Judicial lo siguiente: “Declaran que la Junta, en el ejército de su misión, garantizará la plena eficacia de las atribuciones del Poder Judicial y respetará la Constitución y las leyes de la República, en la medida en que la actual situación del país lo permitan para el mejor cumplimiento de los postulados que ella se propone”. Cabe mencionar que tal respeto a la autonomía del Poder judicial en la práctica no aconteció, pues hubo intervención de la Dictadura Militar en dicho poder del Estado, véase para ello, el libro titulado «Dictadura y Poder Judicial en Chile. La Judicatura Laboral en el Gobierno de la Junta Militar (1973-1974)» del ex director de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, señor Álvaro Fuentealba.

[6] Decreto Ley Nº27 (1973): https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=209763

[7] Texto del Decreto Nº1150 (1980): https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=17039

[8] La cual fue elaborada a partir de tres instancias constitucionales: la Comisión Ortuzar (creado tras la publicación en el Diario Oficial del Decreto Ley Nº1064 en noviembre de 1973), el Consejo de Estado (creado tras la publicación en el Diario Oficial del Decreto Ley Nº1319 en enero de 1976) y la propia Junta Militar. Tras la correspondiente presentación de la propuesta constitucional, mediante el Decreto Ley Nº3464 (el cual fue publicado en el D.O. el 11 de agosto de 1980), fue convocado al día siguiente, mediante la publicación en el Diario Oficial del Decreto Ley Nº3465 un plebiscito el cual se celebró el día 11 de septiembre de 1980, dando por ganador a la opción “SI” (a una nueva Constitución Política de la República) con un 65,71% de los votos.

[9] Enlace del libro: https://www.bibliotecanacional.gob.cl/sites/www.bibliotecanacional.gob.cl/files/2022-07/Actas%20de%20la%20J%20Militar.pdf

[10] Ley Nº17.983 la cual “Establece órgano de trabajo de la Junta de Gobierno y fija normas sobre procedimiento legislativo”.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=29414

[11] En la sección Historia Política del sitio web de la Biblioteca del Congreso Nacional.

[12] Empleando para ello lo establecido en la ley Nº20.285 (2008) sobre Acceso a la Información Pública.

[13] Estas actas están conformadas por 88 tomos que contienen más de 300 sesiones de trabajo.

[14] De conformidad a la Ley Nº20.285 (2008) y el Reglamento de Transparencia de la Biblioteca del Congreso Nacional.

[15] De conformidad a lo establecido en el artículo Nº8 inciso 2 de la Constitución Política de la República: “Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional”

[16] No obstante, según indica la respuesta, para la derogación de la calificación de reserva o secreto de estos documentos, se requerirá de una nueva norma de rango legal.

[17] Cabe mencionar que la respuesta a la solicitud de información fue prorrogada por parte de la Biblioteca del Congreso Nacional el día 27 de septiembre del año 2023. En dicha misiva nos indicaron que la respuesta a la solicitud folio TP1395 se remitiría a mas tardar el día 17 de octubre del año 2023.

[18] https://observatoriocongreso.cl/actas-legislativas-junta-militar/

EL COSTO DE UNA LEY

EL COSTO DE UNA LEY

CONSIDERACIONES PRELIMINARES

Para que en Chile exista una nueva Ley de la República, esta debe “tener origen en la Cámara de Diputados o en el Senado, por mensaje que dirija el Presidente de la República o por moción de cualquiera de sus miembros. Las mociones no pueden ser firmadas por más de diez diputados ni por más de cinco senadores” tal como estable el Art. 65 de la Constitución Política de la República[1]. Una vez presentada la iniciativa de ley –ante una de las dos Corporaciones que conforman el Poder Legislativo-, esta debe someterse a un procedimiento[2] con diversas etapas: el Primer Trámite Constitucional en la Cámara de Origen; el Segundo Tramite Constitucional en la Cámara Revisora (y eventualmente un Tercer Tramite Constitucional o en su defecto, una Comisión Mixta) para su correspondiente discusión y deliberación en ambos hemiciclos, una vez finalizada la tramitación legislativa, y si dicha iniciativa no es sometida -por ejemplo- a control de Constitucionalidad o veto presidencial, finalmente es promulgada y publicada en el Diario Oficial.

Durante el procedimiento de la formación de la ley, el ejercicio de la  función parlamentaria[3], particularmente la función legislativa[4], de las y los representantes del Congreso Nacional es fundamental en todo momento. Sobre ello, cabe advertir que, en la última década, la cantidad de representantes tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados ha variado: durante el desarrollo del quincuagésimo cuarto periodo legislativo (2014-2018) aún regia en Chile el sistema electoral binominal en el cual fueron electos democráticamente para las elecciones parlamentarias del año 2013, 120 diputados entre los 60 distritos y 38 senadores entre las 19 circunscripciones senatoriales; sin embargo, tal situación fue modificada tras la publicación en el Diario Oficial, en mayo del año 2015, de la ley Nº20.840[5] la cual sustituyó al sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo; dicha norma inició su puesta en marcha en las elecciones parlamentarias de 2017, para lo cual,  durante el desarrollo del quincuagésimo quinto periodo legislativo (2018-2022), 155 diputados de 28 distritos integraron la cámara baja y transitoriamente 43 senadores de 15 inscripciones integraron la cámara alta[6]; por último, en las celebraciones de las elecciones parlamentarias del año 2021, fue aplicada plenamente dicho cuerpo legal, conformando para el desarrollo del actual quincuagésimo sexto periodo legislativo (2022-2026) un Congreso Nacional con 205 representantes (de los cuales 155 corresponde a diputados y 50 corresponden a senadores[7]).    

A su vez, es necesario destacar el rol en el procedimiento de la formación de la ley, que efectúa el Ministerio Secretaría General de la Presidencia como aquella institución que desde el Poder Ejecutivo tiene entre sus labores establecer las relaciones entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional (así como también con los partidos políticos y las organizaciones sociales), tal como establece la ley Nº18.993[8], con la finalidad de “facilitar y coordinar el desarrollo y cumplimiento de la agenda programática y legislativa del gobierno”[9].

No obstante, para que efectivamente pueda concretarse el procedimiento mencionado previamente, tanto el Senado como la Cámara de Diputados[10] deberán incurrir en diversos gastos asociados por ejemplo al pago de los representantes por ejercer la función parlamentaria (Dieta Parlamentaria), al pago de los funcionarios administrativos, el pago de asignaciones parlamentarias (tale como,  la contratación de personal de apoyo, asesorías externas y gastos operacionales) destinadas para el ejercicio de la función parlamentaria, entre otras materias. En tanto, el Secretaría General la Presidencia de igual forma efectúa gastos asociados al pago de personal, bienes y servicios de consumo, transferencias, entre otras materias.   

Dicho lo anterior, el propósito del presente análisis es determinar el costo de la ley para los primeros 22 meses de los gobiernos de la ex presidenta señora Michelle Bachelet (2014-2018); el ex presidente señor Sebastián Piñera (2018-2022) y el actual presidente de la República señor Gabriel Boric, o bien, visto desde una perspectiva parlamentaria, el propósito del presente análisis es determinar el costo de ley para los primeros 22 meses del desarrollo del quincuagésimo cuarto periodo legislativo (2014-2018); del quincuagésimo quinto periodo legislativo (2018-2022) y del quincuagésimo sexto periodo legislativo (2022-2026). El propósito de tal planteamiento surge a su vez, para responder la siguiente interrogante: ¿Hubo aumento del trabajo legislativo en relación con el aumento presupuestario?. Cabe mencionar que tal delimitación de tiempo en este análisis acontece, producto de que el actual gobierno del presidente Boric aún no ha concluido, por lo cual, para efectuar un responsable análisis, fue necesario homologar el periodo estudiado para los gobiernos mencionados previamente, entre los meses de marzo de un año y el mes de diciembre del año siguiente.      

Para ello, fue necesario emplear la información proporcionada por parte de la Dirección de Presupuesto (DIPRES) disponible en el sitio web institucional[11], respecto a la Ejecución Presupuestaria del Senado –correspondiente a la Partida 02, Capitulo 01, Programa 01 del Presupuesto Nacional-, de la Cámara de Diputados –correspondiente a la Partida 02, Capitulo 02, Programa 01 del Presupuesto Nacional-  y de la Secretaría General de la Presidencia –correspondiente a la Partida 22, Capitulo 01, Programa 01 del Presupuesto Nacional- para los años 2014,2015, 2018, 2019, 2022 y 2023. Consideramos para efectos del gasto de cada una de las instituciones mencionadas previamente, los montos señalados en los subtítulos 21 Gastos en personal; 22 Bienes y servicios de consumo; 23 Prestaciones de seguridad social; 24 Transferencias corrientes; 25 Íntegros al fisco; 26 Otros gastos corrientes; 29 Adquisiciones de activos no financieros; 31 Iniciativas de inversión; 34 Servicio de la deuda y 35 Saldo final de caja[12].

Cabe mencionar que respecto al monto gastado total ejecutado correspondiente a los años 2014, 2018 y 2022, se efectuará una resta entre el monto total ejecutado al cuarto trimestre de cada uno de los años mencionados respecto al monto ejecutado correspondientes a los meses de enero y febrero (del año correspondiente), esto debido a que el periodo presidencial (y el periodo legislativo) inician durante el mes de marzo, por lo cual, para proporcionar una información más exacta se ha decidido efectuar dicho ejercicio contable.  

A su vez, fue utilizada la información disponible en el Sistema de Información Legislativa (SIL)[13] -gestionada y administrada por parte del Senado de la República- para obtener la información respecto de la cantidad de iniciativas de ley (sean estas mensajes presidenciales y mociones parlamentarias) presentadas ante el Congreso Nacional y publicadas en el Diario Oficial (tras la correspondiente tramitación legislativa) durante los periodos estudiados. Cabe mencionar, que, para efectos de este análisis, al momento de señalar la denominación “leyes” esta considera las categorías “Ley”, “Decreto y “Decretos Supremos”. A su vez, es empleado el concepto “Leyes” para referirnos a todos los boletines que, tras su correspondiente tramitación legislativa, hayan sido publicadas en el Diario Oficial, sin efectuar el correspondiente filtro respecto de aquellos boletines que habiendo sido refundidos –durante su proceso legislativo- se hayan convertido en una sola ley de la República.   

Por último, es necesario mencionar que el concepto “eficiencia legislativa” es empleado para efectos de este análisis, como el porcentaje de aquellas leyes que fueron presentadas y publicadas en el Diario Oficial durante los primeros 22 meses de cada uno de los gobiernos estudiados, respecto del total de iniciativas de ley presentadas (sean estas, mensajes y/o mociones) durante el equivalente periodo de tiempo.

ANÁLISIS

Periodo 2014-2018

Durante los primeros 22 meses del segundo gobierno de la ex Presidenta Michelle Bachelet, en el periodo comprendido entre marzo del año 2014 y diciembre del año 2015, el Senado gastó un total de $74.846.694.000 para su funcionamiento; la Cámara de Diputados gastó un total de $117.553.628.000 para su funcionamiento; y la Secretaría General de la Presidencia gastó un total de $15.585.322.000 para su funcionamiento.  En total se efectuó un gasto por $207.985.644.000, de los cuales $192.400.322.000 correspondieron al Poder Legislativo (lo cual representa porcentualmente un 92.51% del total), mientras que $15.585.322.000 corresponden a la SEGPRES (lo cual representa porcentualmente un 7,49% del total).

En cuanto a la labor legislativa, durante los primeros 22 meses del segundo gobierno de la ex Presidenta Michelle Bachelet, en el periodo comprendido entre marzo del año 2014 y diciembre del año 2015, por parte de los representantes del Congreso Nacional se presentaron un total de 1.030 mociones parlamentarias (de las cuales 735 fueron originadas en la Cámara de Diputados y 295 fueron originada en el Senado); mientras que el Ejecutivo presentó un total de 185 mensajes presidenciales. Por tanto, durante el periodo de tiempo mencionado, se presentaron un total de 1.215 iniciativas de ley.

En tanto, respecto a las iniciativas de ley publicadas en el Diario Oficial en el periodo analizado, 76 boletines tuvieron su origen en el Congreso Nacional mientras 122 boletines tuvieron su origen en el Ejecutivo, obteniendo un total de 198 leyes. No obstante, si solamente consideramos aquellas leyes publicadas en el Diario Oficial, que hayan sido presentadas en los primeros 22 meses ante el Congreso Nacional, obtendríamos un total de 107 leyes, de las cuales 29 fueron originadas por el Poder Legislativo mientras 78 fueron originadas en el poder Ejecutivo.

A partir de los datos señalados previamente, es posible indicar que el porcentaje de eficiencia legislativa del trabajo conjunto entre el Congreso Nacional y el Ejecutivo, corresponden a un 8.81% del total de iniciativas de ley presentadas, las cuales se publicaron en el Diario Oficial durante los primeros 22 meses de gobierno. Sin embargo, si midiéramos para este periodo la eficiencia legislativa solamente del Ejecutivo, obtendríamos porcentaje de 42.16%, lo cual está por encima de la eficiencia legislativa del Congreso Nacional correspondiente a un 2.82%.

Por último, a partir de lo anterior es posible determinar el costo de la ley durante el periodo comprendido entre marzo de 2014 y diciembre del año 2015: En dicho periodo de tiempo se gastó un total de $207.985.644.000 para el funcionamiento del Congreso Nacional y la SEGPRES, cuyo resultado en términos legislativos se tradujo en un total de 198 boletines convertidos en leyes publicadas en el Diario Oficial. A partir de ello, es posible determinar que cada iniciativa convertida en Ley costó un total de $1.050.433.000, sin embargo, si solamente considerásemos aquellas leyes presentadas y publicadas en el periodo analizado (es decir, 107 leyes), es posible indicar que cada una de ellas, le costó al Estado de Chile $1.943.791.000.

Ahora bien, si solamente consideráramos el trabajo legislativo efectuado por parte del Congreso Nacional, cuyo costo de funcionamiento asciende a $192.400.322.000, es posible determinar que, del total de 76 mociones publicadas, cada una de ellas tuvo un valor de $2.531.583.000, sin embargo, si solamente considerásemos aquellas leyes presentadas y publicadas en el periodo analizado (es decir, 29 leyes), es posible indicar que cada una de ellas, le costó al Estado de Chile $6.634.494.000.

Periodo 2018-2022

En tanto, durante los primeros 22 meses del segundo gobierno del ex Presidente Sebastián Piñera, en el periodo comprendido entre marzo del año 2018 y diciembre del año 2019, el Senado gastó un total de $81.672.621.000 para su funcionamiento; la Cámara de Diputados gastó un total de $135.336.848.000 para su funcionamiento; y la Secretaría General de la Presidencia gastó un total de $15.446.227.000 para su funcionamiento. En total se efectuó un gasto por $232.455.696.000, de los cuales $217.009.469.000 correspondieron al Poder Legislativo (lo cual representa porcentualmente un 93,36% del total), mientras que $15.446.227.000 corresponden a la SEGPRES (lo cual representa porcentualmente un 6,64% del total).

En cuanto a la labor legislativa, durante los primeros 22 meses del segundo gobierno del ex presidente Sebastián Piñera, en el periodo comprendido entre marzo del año 2018 y diciembre del año 2019, por parte de los representantes del Congreso Nacional se presentaron un total de 1.396 mociones parlamentarias (de las cuales 1.031 fueron originadas en la Cámara de Diputados y 365 fueron originada en el Senado); mientras que el Ejecutivo presentó un total de 131 mensajes presidenciales. Por tanto, durante el periodo de tiempo mencionado, se presentaron un total de 1.527 iniciativas de ley.

En tanto, respecto a las iniciativas de ley publicadas en el Diario Oficial en el periodo analizado, 73 boletines tuvieron su origen en el Congreso Nacional mientras 96 boletines tuvieron su origen en el Ejecutivo, obteniendo un total de 169 leyes. No obstante, si solamente consideramos aquellas leyes publicadas en el Diario Oficial, que hayan sido presentadas en los primeros 22 meses ante el Congreso Nacional, obtendríamos un total de 63 leyes, de las cuales 24 fueron originadas por el Poder Legislativo mientras 39 fueron originadas en el poder Ejecutivo.

A partir de los datos señalados previamente, es posible indicar que el porcentaje de eficiencia legislativa del trabajo conjunto entre el Congreso Nacional y el Ejecutivo, corresponden a un 4.13% del total de iniciativas de ley presentadas, las cuales se publicaron en el Diario Oficial durante los primeros 22 meses de gobierno. Sin embargo, si midiéramos para este periodo la eficiencia legislativa solamente del Ejecutivo, obtendríamos porcentaje de 29.77%, lo cual está por encima de la eficiencia legislativa del Congreso Nacional correspondiente a un 1.72%.

Por último, a partir de lo anterior es posible determinar el costo de la ley durante el periodo comprendido entre marzo de 2018 y diciembre del año 2019: En dicho periodo de tiempo se gastó un total de $232.455.696.000 para el funcionamiento del Congreso Nacional y la SEGPRES, cuyo resultado en términos legislativos se tradujo en un total de 169 boletines convertidos en leyes publicadas en el Diario Oficial. A partir de ello, es posible determinar que cada iniciativa convertida en Ley costó un total de $1.375.477.000, sin embargo, si solamente considerásemos aquellas leyes presentadas y publicadas en el periodo analizado (es decir, 63 leyes), es posible indicar que cada una de ellas, le costó al Estado de Chile $3.689.773.000.

Ahora bien, si solamente consideráramos el trabajo legislativo efectuado por parte del Congreso Nacional, cuyo costo de funcionamiento asciende a $217.009.469.000, es posible determinar que, del total de 73 mociones publicadas, cada una de ellas tuvo un valor de $2.972.732.000, sin embargo, si solamente considerásemos aquellas leyes presentadas y publicadas en el periodo analizado (es decir, 24 leyes), es posible indicar que cada una de ellas, le costó al Estado de Chile $9.042.061.000.

Periodo 2022-2026

Por último, durante los primeros 22 meses del gobierno del Presidente Gabriel Boric, en el periodo comprendido entre marzo del año 2022 y diciembre del año 2023, el Senado gastó un total de $98.796.047.000 para su funcionamiento; la Cámara de Diputados gastó un total de $156.452.212.000 para su funcionamiento; y la Secretaría General de la Presidencia gastó un total de $20.723.649.000 para su funcionamiento. En total se efectuó un gasto por $275.971.908.000, de los cuales $255.248.259.000 correspondieron al Poder Legislativo (lo cual representa porcentualmente un 92,49% del total), mientras que $20.723.649.000 corresponden a la SEGPRES (lo cual representa porcentualmente un 8,12% del total).

En cuanto a la labor legislativa, durante los primeros 22 meses del segundo gobierno del presidente Gabriel Boric en el periodo comprendido entre marzo del año 2022 y diciembre del año 2023, por parte de los representantes del Congreso Nacional se presentaron un total de 1.511 mociones parlamentarias (de las cuales 1.024 fueron originadas en la Cámara de Diputados y 487 fueron originada en el Senado); mientras que el Ejecutivo presentó un total de 150 mensajes presidenciales. Por tanto, durante el periodo de tiempo mencionado, se presentaron un total de 1.661 iniciativas de ley.

En tanto, respecto a las iniciativas de ley publicadas en el Diario Oficial en el periodo analizado, 162 boletines tuvieron su origen en el Congreso Nacional mientras 128 boletines tuvieron su origen en el Ejecutivo, obteniendo un total de 290 leyes. No obstante, si solamente consideramos aquellas leyes publicadas en el Diario Oficial, que hayan sido presentadas en los primeros 22 meses ante el Congreso Nacional, obtendríamos un total de 136 leyes, de las cuales 61 fueron originadas por el Poder Legislativo mientras 75 fueron originadas en el poder Ejecutivo.

A partir de los datos señalados previamente, es posible indicar que el porcentaje de eficiencia legislativa del trabajo conjunto entre el Congreso Nacional y el Ejecutivo, corresponden a un 8.19% del total de iniciativas de ley presentadas, las cuales se publicaron en el Diario Oficial durante los primeros 22 meses de gobierno. Sin embargo, si midiéramos para este periodo la eficiencia legislativa solamente del Ejecutivo, obtendríamos porcentaje de 50%, lo cual está por encima de la eficiencia legislativa del Congreso Nacional correspondiente a un 4.04%.

Por último, a partir de lo anterior es posible determinar el costo de la ley durante el periodo comprendido entre marzo de 2022 y diciembre del año 2023: En dicho periodo de tiempo se gastó un total de $275.971.908 para el funcionamiento del Congreso Nacional y la SEGPRES, cuyo resultado en términos legislativos se tradujo en un total de 290 boletines convertidos en leyes publicadas en el Diario Oficial. A partir de ello, es posible determinar que cada iniciativa convertida en Ley costó un total de $951.627.000, sin embargo, si solamente considerásemos aquellas leyes presentadas y publicadas en el periodo analizado (es decir, 136 leyes), es posible indicar que cada una de ellas, le costó al Estado de Chile $2.029.205.000.

Ahora bien, si solamente consideráramos el trabajo legislativo efectuado por parte del Congreso Nacional, cuyo costo de funcionamiento asciende a $255.248.259.000, es posible determinar que, del total de 162 mociones publicadas, cada una de ellas tuvo un valor de $1.575.607.000, sin embargo, si solamente considerásemos aquellas leyes presentadas y publicadas en el periodo analizado (es decir, 61 leyes), es posible indicar que cada una de ellas, le costó al Estado de Chile $4.184.398.000

CONCLUSIÓN

Al comparar los primeros 22 meses de los últimos tres gobiernos en Chile (el segundo gobierno de la ex presidenta Bachelet, el segundo gobierno del ex presidente Sebastián Piñera y el actual gobierno del presidente Gabriel Boric), es posible señalar a modo de conclusión lo siguiente:

1. Durante los primeros 22 meses de los últimos tres gobiernos ha habido un aumento de iniciativas de ley presentadas en términos generales y en particular respecto de mociones parlamentarias. Aquello no aplica para la categoría mensajes presidenciales pues hubo una disminución en la cantidad de mensajes presentadas por parte del Presidente ante el Congreso Nacional durante los primeros meses del gobierno del ex mandatario señor Sebastián Piñera, al ser comparado con respecto al gobierno de su predecesora, señora Michelle Bachelet.

2. Respecto de iniciativas de ley publicadas en el Diario Oficial –cuya presentación haya sido ante el Congreso Nacional en el periodo presidencial correspondiente o en periodos gubernamentales previos-, es posible señalar que ha existido un aumento importante los primeros 22 meses del gobierno del presidente Gabriel Boric, respecto de su predecesor, el señor Sebastián Piñera, lo anterior se explica, dado el rol legislativo al alza del Congreso Nacional: Durante el segundo gobierno de la ex presidenta Michelle Bachelet, el 38.38% de las leyes publicadas tuvieron su origen en el Poder Legislativo (en contraste con el 61,62% que tuvieron su origen en el Ejecutivo); posteriormente, durante el segundo gobierno del ex presidente Sebastián Piñera, el 43,20% de las leyes publicadas tuvieron su origen en el Poder Legislativo (en contraste con el 56.80% que tuvieron su origen en el Ejecutivo). En la actualidad, durante el tiempo analizado en el presente gobierno de Gabriel Boric, el 55,86% de las leyes publicadas tuvieron su origen en el Poder Legislativo (en contraste con el 44.14% que tuvieron su origen en el Ejecutivo), lo cual modifica la tendencia presidencialista registrada previamente.

3. Durante los primeros 22 meses del actual gobierno del presidente Gabriel Boric, se registra la mayor cantidad de iniciativas de ley se han presentado y publicado en el Diario Oficial durante un solo periodo gubernamental con un total de 136 boletines publicados, cifra que está por sobre los 63 boletines publicados en el Diario Oficial por parte del ex presidente Sebastián Piñera y los 107 boletines publicados en el Diario Oficial por parte de la ex presidenta Michelle Bachelet. Sin embargo, si proyectamos dicha cifra en términos de eficiencia legislativa, fue durante los primeros 22 meses del segundo gobierno de la ex presidenta Michelle Bachelet, en el cual se publicaron mayor cantidad de iniciativas de ley (sean mensajes y mociones) respecto del total de iniciativas de ley presentadas, equivalente a un 8.81%; lo cual está por sobre el 8.19% del gobierno del presidente Boric y los 4.13% del ex presidente Piñera.

4. En cuanto al presupuesto gastado con motivo del funcionamiento tanto del Congreso Nacional como de la Secretaría General de la Presidencia, durante el tiempo analizado, ha habido un aumento del gasto en términos generales y en particular respecto del gasto del Congreso Nacional, lo cual puede explicarse, dado el aumento de representantes en ambas Corporaciones (pasando de 120 de 155 diputados y de 38 a 50 senadores), y la variación que han experimentado el costo de las asignaciones parlamentarias –cuya definición (de carácter normativo) recae en el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias-, estableciéndose así una co-relación con respecto a la cantidad de iniciativas de ley presentadas.

5. Finalmente, respecto al costo de aquellas leyes publicadas durante los primeros 22 meses de los últimos tres gobiernos, el costo fue más alto durante el segundo gobierno del ex presidente Sebastián Piñera, mientras ha sido más barato durante el actual gobierno del presidente Boric. La diferencia entre ambas cifras corresponde porcentualmente a un 30% de variación (aprox).


[1] Decreto Nº100 (2005) que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile:

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=242302

[2] Diagrama del Procedimiento Constitucional de la formación de la ley:

https://www.bcn.cl/test_ecivica2/formacion_ley.pdf

[3] La Función Parlamentaria: https://www.consejoresolutivo.cl/asignaciones-parlamentarias/la-funcion-parlamentaria/ 

[4] La función parlamentaria también puede ser “de representación”, “política” y en el caso particular de la Cámara de Diputados puede ser “fiscalizadora”.

[5] Ley Nº20.840: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1077039

[6]  En las elecciones parlamentarias de 2017, se eligieron en base al nuevo sistema electoral proporcional un total de 23 representantes correspondientes a las regiones impares. Fuente:

https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/senadores

[7] En las elecciones parlamentarias de 2021, se eligieron en base al nuevo sistema electoral proporcional un total de 27 representantes correspondientes a las regiones pares más la Región Metropolitana. Fuente:

https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/senadores

[8] Ley Nº18.993 la cual Crea Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idLey=18993

[9] https://www.minsegpres.gob.cl/conoce-nuestro-ministerio

[10] Para efectos de este análisis, no se considerarán los gastos presupuestarios correspondientes a la Biblioteca del Congreso Nacional –correspondiente a la Partida 02, Capitulo 03, Programa 01 del Presupuesto Nacional- y al Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias –correspondiente a la Partida 02, Capitulo 04, Programa 01 del Presupuesto Nacional.

[11] Sitio web de la Dirección de Presupuestos: https://www.dipres.gob.cl/

[12] El presente análisis cabe advertir, se efectúa con los datos proporcionados por la DIPRES en moneda nacional (CLP) no actualizada al a fecha, por lo cual, los montos empleados son aquellos señalados íntegramente por los documentos correspondiente a las Ejecuciones Presupuestarias.

[13] Sistema de Información Legislativa (SIL):

https://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php

REPORTAJE | ASESORES DEL SENADO: SUELDOS Y EFICIENCIA EN LA MIRA | CHV NOTICIAS

REPORTAJE | ASESORES DEL SENADO: SUELDOS Y EFICIENCIA EN LA MIRA | CHV NOTICIAS

Los invitamos a ver el reportaje titulado “ASESORES DEL SENADO: SUELDOS Y EFICIENCIA EN LA MIRA” realizado por los periodistas Felipe Robledo, Fernanda Soto y Juan Carlos Rojas para la edición central de CHV Noticias (@chvnoticias), emitido el día domingo 19 de noviembre del año 2023, el cual fue efectuado a partir del estudio realizado por el Observatorio Congreso de la Fundación Presidente Balmaceda, titulado “Asesorías Externas en el Senado Análisis y balance del apoyo técnico especializado contratado por los senadores durante el periodo legislativo marzo 2018-marzo 2022”.

Sobre ello, el Reportaje de CHV Noticias indica que “El Observatorio Congreso recopiló los datos entre marzo de 2018 y marzo* del año 2022 sobre las asesorías externas entendiéndolas como contratos mensuales que cada Senador tiene, y estableció quienes contratan más y quienes pagan más por ellas”

En el reportaje, el Director Ejecutivo de la Fundación Presidente Balmaceda, señor Manuel Lobos, señalo en sus intervenciones lo siguiente:

1.- “Es cuestionable. Es una cuestión de criterio, es un tema que tiene que ver con el uso de recursos de todos los chilenos. Esto uno podría decir que son privilegios que tienen los parlamentarios”

2.- “Revisamos la cantidad de leyes que se aprobaron entre el año 2018 y el año 2022, y nosotros podemos afirmar que al país le costó entre el periodo 2018-2022 sobre 445 millones de pesos una ley”

(*) Si bien en el reportaje se indica que los datos fueron recopilados desde marzo de 2018 a diciembre de 2022, lo cierto es que los datos fueron recopilados hasta marzo del año 2022, examinando de forma completa el desarrollo del quincuagésimo quinto periodo legislativo del Senado de la República.

REPORTAJE | CÁMARA DE DIPUTADOS: ¿PIROTECNIA LEGISLATIVA? | CHV NOTICIAS

REPORTAJE | CÁMARA DE DIPUTADOS: ¿PIROTECNIA LEGISLATIVA? | CHV NOTICIAS

Los invitamos a ver el reportaje titulado “CÁMARA DE DIPUTADOS: ¿PIROTECNIA LEGISLATIVA?” realizado por los periodistas Fernanda Soto y Felipe Robledo para la edición central de CHV Noticias (@chvnoticias), emitido el día 21 de mayo del año 2023, en el cual como Observatorio Congreso participamos por intermedio del Director Ejecutivo de la Fundación Presidente Balmaceda, señor Manuel Lobos.

Cabe destacar el dato señalado por el señor Lobos en el reportaje, el cual mencionó que “En cuatro años, es decir desde el 11 de marzo del año 2018 al 11 de marzo de 2022 que es el periodo legislativo, se presentaron 2.015 mociones por parte de los diputados, solamente un 4% de esas mociones que se presentaron, terminaron siendo leyes”

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